Las exmonjas de Belorado no pueden convertir los monasterios en asociación civil

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Burgos, 22 may (EFE).- La Audiencia Provincial de Burgos ha confirmado que las exmonjas de Belorado carecen de legitimidad para transformar las comunidades religiosas de Belorado, Orduña y Derio en asociaciones civiles, y ratifica la inadmisión a trámite de la demanda interpuesta por vulneración de derechos fundamentales, en la que pedían dejar sin efecto el nombramiento del comisario pontificio.

En un comunicado, el Arzobispado de Burgos ha informado del auto de la Audiencia Provincial, que inadmite el recurso presentado contra la decisión del Tribunal de Instancia de Briviesca de diciembre de 2025 por la que a su vez inadmitía la demanda que interpusieron las exmonjas el 31 de julio de 2024, mes y medio después de haber abandonado la Iglesia católica.

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A través de dicha demanda, las exlcarisas pretendían que se reconociese el derecho de las asociaciones religiosas Monasterio de Belorado y Monasterio de Derio -al que pertenece el de Orduña- a separarse como personas jurídicas de la Iglesia católica, y que se diese validez a su transformación en asociaciones civiles.

También reclamaban que se dejase sin efecto el nombramiento del arzobispo de Burgos, Mario Iceta, como comisario pontificio, y que cesase todas sus funciones de representación, gestión y administración de los tres monasterios, que asumió a finales de mayo de 2024.

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El Tribunal de Instancia de Briviesca acordó en diciembre del pasado año inadmitir dicha demanda, una decisión que ha sido ratificada ahora por la Audiencia de Burgos.

En su auto asume la propia argumentación del juzgado, que apreció "la falta de legitimación activa de las supuestas nuevas asociaciones (…) por entender (…) que toda la cuestión relativa a la transformación de las entidades religiosas era una cuestión regulada por el Derecho canónico que correspondía decidir a las autoridades eclesiásticas».

Además, apunta que "para esta transformación las actoras carecen de legitimación, sencillamente porque no ha podido tener lugar (…). Pero es que además ninguna de las monjas reunidas en capítulo conventual tiene legitimación para transformar una entidad religiosa de Derecho canónico en una asociación civil, y para modificar los Estatutos de las primeras".

Y recuerda que la transformación supone la extinción de la asociación religiosa, que en Derecho canónico se denomina supresión, algo que le corresponde a la Santa Sede, y "no puede por lo tanto un Monasterio transformarse por la mera decisión de la Superiora del Monasterio", señala.

Desde el Arzobispado de Burgos esperan que con esta resolución de la Audiencia Provincial de Burgos se levante la suspensión por prejudicialidad del procedimiento de desahucio del Monasterio de Orduña decretado por el Tribunal de Instancia 1 de Bilbao, al quedar aclarado -a su juicio- que el arzobispo ostenta la representación legal del monasterio como comisario pontificio nombrado por la Santa Sede.

El auto de la Audiencia se ha conocido el mismo día en el que se ha informado de que el Tribunal de Instrucción 5 de Bilbao ha acordado dar por concluida la fase de instrucción y continuar con el procedimiento para la apertura de juicio oral contra las exmonjas por los delitos de trato degradante, abandono, omisión del deber de socorro, coacciones, administración desleal y apropiación indebida sobre las cinco monjas de avanzada edad.EFE

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