
El Tribunal Supremo ha limitado el plazo de Hacienda para reclamar deudas a administradores de empresas en concurso, según ha informado el despacho valenciano Varona Legal & Numbers personado en esta causa.
La resolución del Alto Tribunal, dictada el pasado 30 de abril de 2026, cuestiona el criterio mantenido por la administración tributaria sobre el inicio del plazo de prescripción para derivar responsabilidad subsidiaria, reduciendo de forma significativa el margen temporal del que disponía Hacienda para actuar contra empresarios y administradores sociales.
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Ahora, el procedimiento fija un criterio especialmente relevante para procedimientos concursales, al considerar que el cómputo del plazo no puede quedar indefinidamente condicionado a la finalización formal del concurso de acreedores cuando ya existían actuaciones previas que evidenciaban la insuficiencia patrimonial de la sociedad deudora.
Según ha puesto de relieve desde la firma, esta interpretación "refuerza los principios de seguridad jurídica y de limitación temporal de la potestad administrativa", evitando que determinados procedimientos de derivación se prolonguen durante años generando una situación de incertidumbre permanente para empresarios, administradores y sus familias.
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Además, han destacado que se trata de una sentencia "absolutamente innovadora", ya que es la primera vez que el Tribunal Supremo se pronuncia en este sentido fijando un criterio especialmente favorable para empresarios y administradores afectados por procedimientos concursales.
Asimismo, han explicado que la resolución tendrá un impacto relevante en futuros procedimientos de derivación de responsabilidad tributaria
Para Varona Legal & Numbers, la resolución del Supremo supone además un mensaje claro sobre la necesidad de respetar estrictamente los plazos legales y las garantías procedimentales en la actuación recaudatoria de la Administración. "El Tribunal Supremo recuerda que la potestad de derivar responsabilidad no puede convertirse en un mecanismo sin límites temporales. La Administración también está sometida a reglas y plazos", han concluido desde el despacho valenciano.
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