Concluye el juicio por el asesinato de un joven en Fuenlabrada (Madrid) con el alegato de defensas por falta de pruebas

El tribunal ha dejado cerrado el proceso tras intensos alegatos finales, donde las partes discreparon sobre la validez de la evidencia presentada y la existencia de una estructura criminal, mientras el jurado popular inicia ahora deliberaciones clave sobre los sospechosos

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Uno de los elementos subrayados durante la fase final del juicio fue el testimonio de uno de los implicados, quien declaró en sede policial que el principal acusado del asesinato en Fuenlabrada actuó como autor intelectual, al dar instrucciones específicas sobre el traslado y la ejecución del ataque. Este señalamiento directo se incorporó junto a otras pruebas indiciarias para fundamentar la acusación presentada en el proceso judicial. El caso, que se desarrolla desde octubre de 2022 tras el asesinato a tiros de un joven frente a una discoteca en Fuenlabrada, ha concluido su etapa de juicio y queda ahora a la espera de la deliberación determinante del jurado popular, según reportó el medio original.

De acuerdo con lo publicado por la fuente, la acusación pivota sobre la existencia de una estructura criminal organizada, atribuyendo al principal acusado la función de jefe y presunto planificador del crimen, dirigente del grupo del barrio madrileño de Campamento vinculado a los “Dominicans Don’t Play” (DDP). Durante las jornadas de alegatos finales, la Fiscalía ha solicitado prisión permanente revisable para este encausado, manteniendo su tesis sobre la autoría intelectual y la planificación del ataque, argumentando que existen varios indicios incriminatorios que muestran la participación de los cuatro procesados, tanto en el entramado criminal como en la intervención directa en la muerte del joven.

El medio añadió que la acusación, representada también por el letrado de la familia de la víctima, José Andrés Cervera, presentó como principales pruebas las escuchas telefónicas interceptadas tras el crimen, el volcado de dispositivos móviles y el material recogido en registros domiciliarios. Entre estos elementos se incluyen imágenes donde los acusados aparecen con armas y símbolos que la acusación vincula con la banda, documentación interna sobre la organización encontrada en uno de los domicilios y un libro de contabilidad que, a su juicio, reflejaría el funcionamiento interno del grupo. Además, la acusación remarcó la presunta compra de armas y munición, así como la presencia de vídeos y mensajes que, según sus argumentos, reflejarían apología de la violencia y una intención de ejercer control territorial.

En su argumentación, la acusación sostuvo que las pruebas apuntan hacia la existencia de una jerarquía dentro del grupo, con normas y mecanismos de control propios, incluyendo incluso referencias a sanciones autoimpuestas entre sus integrantes, lo que, desde su perspectiva, refuerza la idea de una estructura criminal sistematizada.

En contraste, las defensas de los procesados centraron sus alegatos finales en la ausencia de pruebas directas que acrediten tanto la autoría como la participación de sus defendidos en el crimen, argumentando que la acusación se apoya principalmente en conjeturas e inferencias policiales sobre interpretaciones de conversaciones telefónicas y otros indicios. El abogado defensor del principal acusado recalcó ante el tribunal que no existe ninguna prueba concluyente que vincule a su cliente con la planificación del asesinato ni con una posición de liderazgo en la organización. Sostuvo que las identificaciones policiales en este y otros procedimientos previos no han producido consecuencias penales, cuestionando la validez de los elementos indiciarios presentados.

También según el reporte de la fuente, la defensa argumentó que la acusación adolece de pruebas directas y de una demostración clara de la existencia de órdenes, planificación específica o jerarquía del grupo, por lo que pidió la completa absolución de los cuatro acusados. Para la defensa, la construcción presentada por la acusación no alcanza el estándar necesario para una condena y se basa, principalmente, en apreciaciones subjetivas sobre la interpretación de los materiales intervenidos.

El abogado Pablo Corral, responsable de la defensa del considerado cómplice principal del procesado, manifestó en su intervención ante el jurado que las conversaciones telefónicas tomadas como pieza clave de la acusación no prueban ni la cooperación ni el conocimiento de los hechos por parte de su cliente. “La complicidad no se presume ni se puede construir con sospechas. La sospecha no condena”, indicó durante los alegatos finales. Corral solicitó al jurado popular un veredicto de inocencia.

La investigación policial recogida en el proceso señala la posible relación del asesinato con enfrentamientos entre bandas juveniles, apuntando a que el crimen habría supuesto una represalia vinculada a la disputa con la banda de los trinitarios. Tanto la Fiscalía como la acusación particular, integrada por la familia de la víctima, insisten en que el hecho responde a una acción planificada en el contexto de estas rencillas, algo que las defensas niegan rotundamente, rechazando cualquier relación entre sus representados y dicha organización o sus fines.

El medio consignó que, tras días de intensos alegatos y exposición de pruebas y contraargumentos, el tribunal dejó cerrado el proceso judicial y trasladó la responsabilidad al jurado popular, que ahora debe deliberar sobre la existencia de responsabilidad penal en los sospechosos. Se espera que el jurado determine si los elementos presentados durante el juicio permiten o no establecer la autoría y la implicación de los acusados en el asesinato y, por extensión, en la supuesta organización criminal señalada por la acusación.