Guardia civil acusado de facilitar datos a su excuñado alega que son "públicos" y niega el delito

El juicio contra el agente que habría compartido información reservada con un familiar abrió con argumentos enfrentados, mientras la fiscalía insiste en la gravedad de los hechos y la defensa insiste en que los datos están disponibles para cualquier ciudadano

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Durante las investigaciones en el juicio contra el agente de la Guardia Civil y su excuñado, la Fiscalía ha destacado la existencia de una relación mantenida tras la disolución del matrimonio en el año 2005. Dicha confianza permitió que, en varias ocasiones, se solicitaran y facilitaran datos reservados vinculados a vehículos a cambio de remuneración económica, información obtenida mediante el acceso a bases protegidas, según detalló la Fiscalía en la Audiencia Provincial de Sevilla. En ese contexto, el órgano acusador subrayó la ilegalidad, insistiendo en que los agentes sólo pueden emplear dichas fuentes en el ejercicio de sus competencias oficiales.

De acuerdo con lo informado por el medio, el proceso judicial comenzó este lunes, 23 de marzo, y enfrenta a ambas partes en la Audiencia Provincial de Sevilla, donde un jurado popular analiza los hechos. Según consignó la fuente, el Ministerio Público imputa al agente presuntos delitos de cohecho y descubrimiento y revelación de secretos. La Fiscalía sostiene que las consultas se realizaron entre el 27 de julio y el 21 de septiembre de 2023 y que la información proporcionada sobre vehículos representa datos íntimos y no públicos, por lo que, en su opinión, los hechos no sólo son graves, sino también constitutivos de delito.

Tal como publicó el medio, la Fiscalía, en su exposición preliminar ante el jurado popular, puso en duda la característica pública de los datos suministrados. El fiscal se dirigió directamente a los integrantes del jurado solicitando que imaginaran una situación en la que su información personal fuera compartida sin autorización, preguntando: “¿Creerían entonces que no son datos que pertenecen a la esfera íntima?”. El fiscal también recordó casos previos en los que la identificación de personas a través de matrículas y datos de tráfico resultó fundamental, como durante los operativos de la organización ETA, para recalcar el carácter sensible de la información.

Por su parte, la defensa del agente alegó que los datos compartidos no constituyen secreto ni información privada, ya que, según argumentó, cualquier ciudadano puede acceder a ellos realizando una simple consulta a la Dirección General de Tráfico (DGT) y abonando una tasa aproximada de nueve euros. Según informó la fuente, el abogado defensor enfatizó que la prohibición propuesta de seis años de inhabilitación resulta una sanción desproporcionada, y sostuvo que los hechos, de ocurrir, serían, a su juicio, únicamente motivo de una infracción disciplinaria interna y no de relevancia penal.

La defensa admitió que el agente habría entregado estos datos a su excuñado, aunque argumentó que no existe evidencia de engaño a otros compañeros ni de compensación económica a cambio de la información. Destacó que la intención del excuñado fue obtener los datos de manera más sencilla por la confianza que mantenía con el acusado, descartando motivaciones ilícitas. El abogado sostuvo, además, que la acusación no puede probar los hechos, ya que, fuera de algunos mensajes informales, no hay elementos que respalden la supuesta participación de su cliente. Por ello, solicitará al jurado un veredicto de no culpabilidad.

Según la acusación del Ministerio Público, el excuñado del agente realizaba trabajos remunerados para una agencia privada de investigación, motivo por el cual requería detalles de tráfico de varios vehículos, por ejemplo, información sobre titulares o estado de la Inspección Técnica de Vehículos (ITV). Aprovechando la relación de confianza, recurrió al agente para acceder a bases de datos protegidas. A cambio de facilitarle esa información para el desarrollo de sus investigaciones, la Fiscalía sostiene que el acusado obtenía un beneficio económico. Informó el medio que, para evitar dejar rastros o levantar sospechas, el agente incluso recurrió en ocasiones a otros miembros del cuerpo, solicitando datos específicos sin informarles del uso final.

No existe constancia de la cantidad percibida por cada entrega de información, pero la Fiscalía califica estas acciones como presuntos delitos de cohecho pasivo —por parte del agente— y cohecho activo —por parte de su excuñado—, además de descubrimiento y revelación de secretos, en el caso del guardia civil. Reportó el medio que, por todo ello, el Ministerio Público solicita para ambos investigados la imposición de cuatro años de cárcel y una multa de 3.600 euros por el delito de cohecho. Para el guardia civil pide tres años adicionales de prisión, una inhabilitación absoluta de seis años y otra multa de 3.600 euros por revelación de secretos.

Al inicio de la sesión, las defensas anticiparon —frente al jurado compuesto por nueve miembros y un suplente— que volverían a señalar la inexistencia de elementos de delito en la conducta examinada, justificando que la información entregada no forma parte de la esfera íntima y, por tanto, carece de la gravedad penal que promueve la acusación. Desde la perspectiva de la defensa del excuñado, aún considerando la existencia de mensajes entre ambos, éstos corresponden al ámbito de la confianza derivada de una relación de años. Según declaró el letrado, no hay ninguna prueba que acredite que aquellas solicitudes tuvieran el propósito delictivo que les atribuye la Fiscalía.

Durante la exposición de argumentos, el fiscal recordó al jurado la cita: “Un gran poder conlleva una gran responsabilidad”, para resaltar la trascendencia del ejercicio de funciones de autoridad y los límites legales del acceso a información. Señaló, además, que las bases de datos utilizadas por los agentes “son fuentes de información protegidas y auditadas”, y su uso sólo está autorizado en el desempeño de las competencias específicas de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Mientras tanto, la audiencia contó con momentos de confusión, como el olvido inicial del magistrado del turno de palabra del letrado de Francisco Javier, hecho que se subsanó durante la jornada. Según reportó el medio, las intervenciones se sucedieron con las partes afianzando sus posiciones y anticipando que el desarrollo del juicio requerirá de la valoración sobre la naturaleza de la información y la existencia —o no— de un enriquecimiento motivado por la entrega de datos reservados.

El proceso continuará en la Audiencia Provincial de Sevilla, donde se determinará si las actuaciones se encuadran dentro de faltas disciplinarias internas o, como sostiene la Fiscalía, constituyen delitos penales.