Absuelto un exdirector de Trabajo de la Junta en una pieza separada del caso ERE

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Sevilla, 12 mar (EFE).- La Audiencia de Sevilla ha absuelto al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera y a un empresario en una pieza separada del caso ERE relativa a las ayudas concedidas a la empresa Instaladora Moderna de Electricidad.

En una sentencia de la que ha informado este jueves el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el tribunal concluye que no existen pruebas suficientes de que el ex alto cargo fuera conocedor de las irregularidades en la concesión de las ayudas y que además inició en noviembre de 2010 una investigación interna para revisar los expedientes administrativos para "restablecer el orden infringido".

El tribunal absuelve al ex director general de Trabajo y también al representante legal de la empresa, José Manuel P.S., de los delitos de malversación de caudales públicos, prevaricación y falsedad en documento oficial por los que fueron enjuiciados.

La Fiscalía pidió durante el juicio una pena de tres años y tres meses de prisión para ambos acusados y al representante de la empresa que restituyera más de 984.000 euros de las ayudas a la Junta de Andalucía.

Según la sentencia, Rivera no participó en "las irregularidades en la concesión y tramitación tanto del ERE como de la ayuda sociolaboral de carácter excepcional" a la empresa, tramitadas por el director general de Trabajo de la Junta en 2006 Francisco Javier Guerrero y "solo asumió su concesión para realizar un pago”.

Sobre el empresario acusado, la Audiencia señala que "no consta suficientemente acreditado que conociera los pormenores e irregularidades en la concesión y abono de las ayudas que recibió", de forma que "su intervención se limitó a presentar la solicitud de ayudas y en la aportación de la documentación requerida, eso sí, de manera incompleta".

Además, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial argumenta que, si bien el procedimiento administrativo "adolecía de irregularidades", estas no desembocan necesariamente en delitos de prevaricación o malversación si la ayuda persigue un fin público, que, a juicio del tribunal, sí concurría en el caso de Instaladora Moderna.

En este sentido, la resolución destaca que los fondos se destinaron a satisfacer las indemnizaciones de los diez trabajadores afectados por un ERE y a mantener el tejido productivo andaluz, fines amparados por el programa presupuestario 31L y que entre los beneficiarios no había personas ajenas a la plantilla.

Los magistrados han aplicado la doctrina reciente del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, que impide considerar malversadoras las conductas sustentadas en leyes de presupuestos aprobadas por el Parlamento mientras estas no sean declaradas inconstitucionales.

Con esta resolución, la Audiencia de Sevilla suma ya 28 sentencias dictadas en piezas separadas de la macrocausa de los ERE. EFE