
El trámite judicial ha estado marcado por sucesivas decisiones contradictorias y argumentaciones cruzadas entre los órganos involucrados. Según consignó Europa Press, tras distintos intentos de archivo y reanudaciones forzadas por la Audiencia de Valencia, la magistrada sustituta del Juzgado de Instrucción número 15 de Valencia ha dictado la apertura de juicio oral contra la exvicepresidenta del Consell y exconsellera de Igualdad, Mónica Oltra, además de una docena de integrantes de su antiguo equipo, por el presunto encubrimiento de abusos sexuales cometidos por el exmarido de Oltra contra una menor bajo tutela entre los años 2016 y 2017. Esta decisión judicial rompe con la postura manifestada previamente por la Fiscalía, que no apreciaba delito en las actuaciones.
El medio Europa Press detalló que la jueza adoptó esta resolución a raíz del mandato explícito de la Audiencia de Valencia, que admitió los recursos interpuestos por las acusaciones populares ejercidas por Vox, Gobierna-te y la representación de la víctima, estableciendo la obligación de dar curso al proceso ante la posibilidad de que los hechos puedan ser considerados delictivos según el criterio de las partes recurrentes.
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Según publicó Europa Press, las trece personas señaladas en el auto judicial —incluyendo psicólogas, cargos intermedios de la Conselleria, una directora territorial, una directora general y una subdirectora general— se enfrentan a acusaciones de prevaricación, malversación, delitos contra la integridad moral, omisión del deber de perseguir delitos, encubrimiento y abandono de menores, cada uno con diferente grado según el papel atribuido durante los hechos investigados. El documento judicial, al que accedió Europa Press, impone a todos los acusados la obligación de depositar conjunta y solidariamente una fianza de 120.000 euros, advirtiendo que, si no se presenta el aval en el plazo previsto, se procederá al embargo de bienes suficientes para cubrir la cantidad señalada.
Además, la jueza establece como responsable civil subsidiaria a la Generalitat Valenciana y otorga un periodo de diez días a la defensa de los acusados para la presentación de sus escritos de alegaciones frente a las acusaciones planteadas. En este sentido, Europa Press explicó que la implicación patrimonial de la administración autonómica responde a su posición como empleadora y entidad tutelar en el momento de los hechos investigados.
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El procedimiento judicial, de acuerdo con Europa Press, ha atravesado un complejo itinerario procesal. El juzgado de instrucción archivó la causa en 2024 al no detectar indicios delictivos, en línea con la postura del Ministerio Fiscal; sin embargo, ese archivo fue revocado tras los recursos interpuestos por los colectivos Vox y Gobierna-te, que consiguieron una primera reapertura ordenada por la Audiencia. El instructor argumentó entonces que actuaba bajo “imperativo legal”, conforme a las directrices superiores.
A lo largo de 2025, el órgano instructor volvió a rechazar la celebración de juicio oral y optó una vez más por el sobreseimiento provisional del caso. Ya en diciembre de ese año, se confirmó la decisión de archivo desestimando los recursos de las partes acusadoras, quienes persistieron en su estrategia legal y volvieron a acudir a la Audiencia de Valencia. Finalmente, el tribunal provincial ordenó abrir juicio oral al estimar que no podía negarse a las acusaciones esa posibilidad mientras existiera una valoración razonable de la existencia de delitos según su criterio.
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Sobre este punto, la Audiencia subrayó en su auto —según recopiló Europa Press— que la declaración emitida en su momento por el juez de instrucción para motivar el sobreseimiento resultaba incompatible con sus propios argumentos y contenía una “manifiesta incongruencia”, al considerar que se contradicen los razonamientos del instructor con los hechos y valoraciones incorporadas en la instrucción.
En el trasfondo del caso, se debate la gestión interna que se habría producido en el seno de la Conselleria de Igualdad respecto a la denuncia de abusos sexuales de una menor tutelada y la respuesta administrativa y profesional del equipo directivo y técnico implicado. Según informó Europa Press, las acusaciones sostienen que existió una conducta deliberada de encubrimiento para proteger al entonces funcionario implicado, con distintos niveles de responsabilidad para cada uno de los procesados.
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De acuerdo con las actuaciones judiciales, queda ahora pendiente la presentación de los escritos de defensa, el señalamiento de vistas y la evolución del proceso en la jurisdicción penal ordinaria, con una responsabilidad en discusión que abarca tanto a los funcionarios individuales como a la administración autonómica.
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