El acuerdo entre la víctima y el acusado ha sido clave en la resolución judicial de un caso por agresión sexual en Lugo que involucra a dos trabajadores de la hostelería, según detalló el medio El Progreso. Este pacto evitó que el camarero de 55 años ingresara en prisión tras reconocer los hechos y aceptar las condiciones impuestas por el tribunal. El proceso judicial, que inicialmente había sido suspendido por la ausencia de la víctima en una primera vista prevista para finales de enero, se reanudó y concluyó con la imposición de una serie de medidas restrictivas para el acusado, quien admitió su responsabilidad en los hechos ocurridos en octubre de 2025.
De acuerdo con la información publicada por El Progreso, el Juzgado de lo Penal número 2 de Lugo dictó una condena de doce meses de prisión para el acusado, quien fue señalado por agredir sexualmente a una compañera de trabajo menor de edad en aquel momento, una joven de 18 años. Los hechos se produjeron en el lugar de trabajo y, según el relato recogido por la acusación, el camarero se aproximó a su compañera, le hizo comentarios sobre su aspecto físico y la invitó al baño utilizando frases como "tengo condones y viagra" y "vamos a ser novios", además de realizar tocamientos y acciones de carácter sexual no consentidas. Tras el incidente, la víctima decidió abandonar su puesto de trabajo al día siguiente, según consignó el medio local.
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El acusado inicialmente enfrentaba una petición de dos años y seis meses de prisión, pero el acuerdo alcanzado en audiencia permitió rebajar la pena y establecer medidas alternativas. Tal como informó El Progreso, el hombre no cumplirá la pena de prisión al haberse acordado la suspensión de la misma, aunque tendrá que someterse a un curso de formación orientado a agresores sexuales. Además, el tribunal le impuso una orden de alejamiento respecto de la víctima, que se extenderá por cuatro años, junto con la obligación de someterse a libertad vigilada durante el mismo periodo.
Entre las medidas adicionales impuestas se encuentra la prohibición de que el condenado ejerza cualquier profesión que le vincule con menores durante seis años. Asimismo, tendrá que abonar una indemnización de 2.000 euros a la víctima, que se realizará a razón de pagos mensuales de 100 euros, explicó El Progreso. Las condiciones de la suspensión de la pena contemplan que el hombre cumpla con estos requisitos, bajo advertencia de que cualquier incumplimiento puede motivar el cumplimiento efectivo de la condena.
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La resolución de este caso refleja la aplicación de medidas judiciales alternativas en delitos sexuales cuando existe acuerdo entre las partes, reducción de la pena y cumplimiento de órdenes de alejamiento y formación específica. El Progreso detalló que la víctima decidió abandonar el entorno laboral inmediatamente después del sucedo y que su declaración fue esencial para el avance del procedimiento. La diligencia del tribunal permitió cerrar el caso tras la aceptación de los hechos y el consentimiento respecto a las condiciones fijadas en audiencia.
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