
El menor sufrió una fractura craneal con hemorragia luego de que su progenitor lo empujara contra una pared durante una discusión familiar ocurrida la noche del 27 de abril de 2022 en una localidad de la comarca de l'Horta Sud. El tratamiento médico para reparar los daños físicos y neurológicos se extendió durante un año, e incluyó intervenciones quirúrgicas, sesiones de logopedia y rehabilitación neuronal. Según informó el medio, en la Audiencia de Valencia se celebró este miércoles el juicio por conformidad donde el acusado reconoció los hechos, aceptando la pena de prisión y la responsabilidad civil que se le atribuye.
La Fiscalía había solicitado inicialmente una condena de cinco años y medio de prisión para el padre, imputándole un delito de lesiones agravado por el vínculo de parentesco. Tal como publicó la fuente, la rebaja a dos años de cárcel se produjo tras el reconocimiento de culpabilidad del acusado, lo que permitió alcanzar un acuerdo durante la vista oral desarrollada en la sección quinta de la Audiencia de Valencia.
De acuerdo con lo consignado en el reporte original, además de la pena de prisión, el condenado tendrá que indemnizar a su hijo con una suma de 52.739 euros. Esta cantidad corresponde tanto a los daños físicos sufridos por el adolescente como a las secuelas derivadas de la agresión, que requirió un proceso de recuperación extenso durante doce meses.
El relato de los hechos, según detalló la fuente, indica que la noche del incidente, tras un altercado verbal, el niño de 13 años buscó refugio en el baño de la vivienda paterna para contactar a su madre. El adulto lo siguió y lo empujó contra una pared, momento en el que el menor impactó la cabeza, cayó sobre su lado izquierdo y perdió el conocimiento durante unos minutos. Pese a la gravedad del golpe, el padre no lo trasladó inmediatamente al hospital, sino hasta la mañana siguiente.
Una vez en el centro sanitario, los médicos diagnosticaron la fractura craneal con hemorragia. Como precisó el medio, los profesionales determinaron la necesidad de un abordaje médico multidisciplinar, que incluyó cirugía, terapia de logopedia y rehabilitación específica para la recuperación neuronal. El proceso de sanación abarcó exactamente 365 días hasta que el menor alcanzó la estabilidad clínica requerida.
El juicio celebrado en Valencia quedó marcado por el reconocimiento de culpabilidad del acusado, aspecto que incide en la reducción de la pena impuesta y que figura como un elemento clave en los acuerdos de conformidad dentro del sistema judicial. Según publicó el medio, la imputación por delito de lesiones se mantuvo bajo el agravante de parentesco, aumentando la responsabilidad penal correspondiente a la condición del agresor como padre del menor afectado.
La indemnización impuesta pretende reparar el perjuicio ocasionado y cubrir el tratamiento posterior requerido por la víctima. El proceso judicial, conforme describió el medio, pone en evidencia las consecuencias de la violencia intrafamiliar y los protocolos de actuación ante estos delitos, que agravan las condenas cuando implican un vínculo directo y relaciones de dependencia como la parental.
El testimonio médico documentado en la causa subraya la gravedad de las lesiones y la duración del proceso de rehabilitación. Según la información difundida por el medio, el menor necesitó un abordaje especializado para tratar los efectos físicos y psicológicos del episodio.
La actuación de la Fiscalía, al solicitar inicialmente una condena mayor, se fundamentó en la gravedad de los hechos y en las circunstancias concurrentes, señalando la especial vulnerabilidad del menor de edad y la relación familiar existente. La posterior reducción de la condena forma parte del procedimiento habitual cuando el acusado asume la autoría de los hechos y se presta a indemnizar a la víctima, como reflejó la fuente consultada.
El tribunal valoró los informes periciales, el historial clínico del menor y el reconocimiento de responsabilidad expresado por el progenitor. El acuerdo judicial permitirá el cumplimiento de la pena y el abono de la reparación económica en favor del perjudicado, tal como establecen las medidas judiciales aplicadas a este tipo de delitos, según reportó la fuente.
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