Vitoria, 13 feb (EFE).- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha declarado procedente el despido de un trabajador que se ausentó sin justificar del trabajo tras cambiarle la empresa las vacaciones sin respetar el plazo legal.
El Tribunal ha estimado el recurso de la empresa y ha revocado la sentencia de un juzgado de Vitoria que consideró nulo el despido y condenó a la empresa a la readmisión del trabajador, al pago de los salarios de tramitación y al abono de una indemnización por daños morales de 7.501 euros.
PUBLICIDAD
El trabajador, un vigilante de seguridad, se ausentó sin justificar siete días del trabajo en agosto del 2024 tras cambiarle la empresa las vacaciones que tenía concedidas por calendario, sin respetar los dos meses de antelación que exige el artículo 38.3 del Estatuto de los Trabajador.
El Superior recuerda que la ausencia injustificada durante siete días dentro de un mismo mes constituye una falta muy grave que supone despido según el convenio colectivo estatal de empresas de seguridad privada.
PUBLICIDAD
La empresa modificó el calendario laboral que había comunicado en diciembre de 2023 un mes antes de que el trabajador comenzara el disfrute de sus vacaciones y por tanto no se respetaron los dos meses de antelación.
Por ello, el Tribunal debía decidir si la ilegalidad cometida por la empresa en relación con las fechas de vacaciones justifica o no la inasistencia del demandante a su puesto de trabajo.
PUBLICIDAD
El TSJPV ha subrayado que la decisión empresarial de modificar la vacaciones no mereció de respuesta alguna por parte del trabajador, ni verbal ni por escrito, una "pasividad" que el tribunal dice que no se explica, dado que legalmente disponía de un procedimiento especial y urgente para la fijación judicial de las fechas de vacaciones ante la controversia surgida.
"Resulta inasumible que el trabajador no se alzara frente al cambio de fechas y decidiera unilateralmente dejar de asistir a su puesto sin advertencia alguna, causando lógicamente el correspondiente perjuicio a la empresa", ha afirmado el TSJPV, que afirma que esa conducta fue "grave y deliberada, no concurriendo circunstancia alguna que le exima de su responsabilidad o atenúe la misma".
PUBLICIDAD
No obstante, la resolución ha contado con un voto particular de uno de los tres magistrados, que considera que el despido debió ser declarado improcedente porque la decisión empresarial que está en la base de la conducta del trabajador no respeta la legalidad vigente y la actuación de este "carece de la gravedad y culpabilidad precisas, al estar conectada con una previa decisión empresarial que no respeta la normativa laboral".
Esta sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. EFE
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Baleares financiará el tratamiento a una niña con piel de mariposa
Olivia, de tres años, comenzará a tratarse el 9 de septiembre

Super Once: estos son los resultados ganadores del Sorteo 3 de este 1 septiembre
Juegos Once dio a conocer la combinación ganadora del sorteo 3 de las 14:00 horas

Cuál es el precio de la luz en España para este 2 de septiembre
La excepción ibérica, aprobada por la Comisión Europea, ayuda a mantener los precios de la energía eléctrica

Marc Félez, el joven de 25 años que dejó su vida atrás para empezar de cero en un pueblo: “He sido muy feliz en estos tres meses que he estado en tienda de campaña”
De Barcelona a El Bierzo: el youtuber habla de su decisión de mudarse en un cambio tan drástico

Triplex de la Once: combinación ganadora del sorteo 3
Como cada martes, aquí están los números ganadores del premio dado a conocer por Juegos Once


