Carboneras (Almería) remite la modificación del PGOU por el Algarrobico al TSJA, que da diez días para alegar

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha otorgado un plazo de diez días para formular alegaciones a la modificación del plan general de ordenación urbana (PGOU) aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Carboneras (Almería) el pasado mes de julio a fin de declarar como "no urbanizables" los suelos en los que se ubica el hotel de Azata del Sol en el paraje de El Algarrobico así como la zona de El Canillar.

A través de una diligencia, consultada por Europa Press, el alto tribunal andaluz da traslado a la Junta de Andalucía, la empresa promotora y a las organizaciones ecologistas de los acuerdos suscritos por el órgano Pleno para que, en caso de que sea preciso, presenten las alegaciones que estimen oportunas.

Fue el pasado 31 de julio cuando el Pleno aprobó, conforme la mandato judicial del TSJA, la modificación parcial de su planeamiento para declarar como suelo no urbanizable de especial protección los sectores ST-1 y ST-2, correspondientes a El Algarrobico y El Canillar.

El acuerdo fue recibido con cierto "escepticismo" por parte de la organización Greenpeace, desde donde, si bien aplaudían este paso, recordaban que el Ayuntamiento había dado cumplimiento "parcial" a la sentencia que le obliga a modificar la calificación del terreno, ya que "también debe publicar esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y notificar este cambio a la Junta de Andalucía".

La propuesta validada por el Pleno no solo acordaba la modificación parcial del PGOU conforme a los pronunciamientos judiciales sino que también dar traslado de la normativa urbanística ya corregida a la Junta de Andalucía antes de la publicación de la misma en BOP, donde se prevé que se publique al igual que en la web municipal del Consistorio carbonero.

La modificación parcial del plan general y su adaptación a las normas subsidiarias autonómicas quedó finalmente definida en marzo de este año, tras la corrección de ciertos errores tipográficos advertidos inicialmente tanto por la Junta de Andalucía como por los colectivos conservacionistas.

El TSJA dictó en diciembre que las modificaciones requeridas debían aplicarse "con urgencia" al PGOU, en cumplimiento de una sentencia firme que afectaba a los sectores ST-1 y ST-2 de cara a incorporarse al planeamiento urbanístico municipal antes de la publicación oficial.

La actuación judicial responde al largo proceso iniciado tras el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Carboneras del 11 de agosto de 2009, por el que se aprobó el PGOU y cuya legalidad fue impugnada por colectivos ecologistas, entre ellos Greenpeace, Salvemos Mojácar y Ecologistas en Acción.

La sentencia obligaba al Consistorio a declarar no urbanizable el suelo de El Algarrobico, que se encuentra dentro del parque natural Cabo de Gata-Níjar.

Este procedimiento de ejecución se enmarca en el recurso contencioso que condujo a la anulación parcial del PGOU de Carboneras y la obligación de clasificar como no urbanizable el sector ST-1, correspondiente a El Algarrobico, y el ST-2, de El Canillar, conforme a la protección establecida desde 1994 por el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del parque natural.

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