Un juez embarga todos los bienes a Manuel March tras incumplir una condena sobre la venta de una mansión

El Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Madrid ordena el embargo de los bienes de Manuel March por incumplimiento en el pago de 3,5 millones de euros tras la venta fallida de Son Galcerán

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El Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Madrid ha decretado el embargo de todos los bienes de Manuel March Cencillo, nieto del fundador de Banca March, por haber incumplido la ejecución provisional de una sentencia de 2024 relacionada con la venta de una mansión en Mallorca y que le obliga a pagar 3,5 millones de euros.

Según la nota remitida por la parte demandante, Son Galcerán S.L., Manuel March --que no tiene relación accionarial con Banca March-- era propietario en Mallorca de una finca histórica conocida como Son Galcerán en la que está ubicado un palacete que perteneció al archiduque Luis Salvador de Austria y en la que llegó a alojarse la emperatriz Sissi.

A finales de 2021, March se la vendió a la empresa Son Galcerán S.L. por ocho millones de euros, de los que March llegó a cobrar 2,4 millones correspondientes a los contratos de arras y compraventa.

Sin embargo, la venta no se llegó a cerrar "al impedirlo March", según la sentencia de abril de 2024, y posteriormente se vendió a un segundo comprador que pagó 12 millones de euros por la finca. "A pesar de esa segunda venta, el nieto del banquero no devolvió a su primer comprador los 2,4 millones que le había entregado al dar por resuelto, de forma unilateral, el contrato firmado con la citada empresa", señala la nota.

El Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Madrid condenó el 4 de abril de 2024 a Manuel March a devolver los citados 2,4 millones y la suma de 300.000 euros como indemnización de daños y perjuicios pactada en contrato. La condena incluye, además, las costas del juicio y los intereses devengados elevando, hasta el momento, a 3,5 millones de euros la cifra a la que tiene que hacer frente Manuel March.

No obstante, March recurrió la sentencia, mientras que la parte demandante presentó una solicitud de ejecución provisional de la sentencia. Así, el 9 de septiembre de 2024, el juzgado dictó una orden general de ejecución provisional de la sentencia por un importe de 2,7 millones de euros en concepto de principal para que Manuel March lo pagara en un plazo de 20 días o se procedería al apremio de sus bienes. El magistrado precisó que la resolución era "firme" y ante ella no había recurso posible.

"Pero Manuel March no realizó el pago de la condena, por lo que se procedió al embargo de parte de sus bienes que, al ser insuficientes para cubrir la cifra citada, ahora se ha procedido a ampliar el embargo por un decreto del juzgado", apostilla el demandante.

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