Madrid, 29 may (EFECOM).- Las patronales bancarias, la Asociación Española de Banca (AEB) y la CECA (asociación de las entidades procedentes de las antiguas cajas y fundaciones), recurrirán el impuesto a la banca una vez que se ha publicado la orden con los modelos para la liquidación y el pago del impuesto a Hacienda.
Fuentes de la CECA han indicado a EFE que presentarán un recurso contencioso-administrativo contra la orden ministerial publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que aprueba los modelos de autoliquidación y de pago, establece los sujetos obligados a pagar el impuesto, los plazos de presentación y el procedimiento de ingreso.
Por su parte, la AEB recurrirá el modelo de liquidación contenido en la orden, tal y como anunció en abril su presidenta, Alejandra Kindelán, aunque aún no sabe cuando lo hará.
La orden del Ministerio de Hacienda publicada este jueves recoge el procedimiento de declaración del nuevo impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de las entidades financieras, cuyo primer pago fraccionado se tendrá que abonar entre el 1 y el 20 de junio.
La aplicación del impuesto para el ejercicio 2024, que es el que se paga en 2025, había generado dudas en el sector bancario tras encadenarse varios cambios de la fecha de devengo en pocos días, pero Hacienda había defendido que el impuesto estaba en vigor y que se tendría que abonar en los plazos previstos.
La orden ministerial de Hacienda aprueba el procedimiento y los modelos de declaración del impuesto -780 y 781-, que confirman que se liquidará entre el 1 y el 20 de septiembre, con un pago fraccionado equivalente al 40 % de la cuota entre el 1 y el 20 de febrero -1 y 20 de junio para el año 2025-.
El impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras se creó con el paquete fiscal aprobado en diciembre de 2024 y sustituye al gravamen temporal establecido en 2022 para contribuir a sufragar los costes asociados a la guerra en Ucrania.
De esta manera, el gravamen temporal se convierte en un impuesto que estará en vigor, en principio, durante tres años y que grava el margen de intereses y comisiones con tipos progresivos que van del 1 % al 7 %, aunque permite una deducción del 25 % en el impuesto de sociedades y otra extraordinaria, si la rentabilidad de la entidad baja de un determinado umbral.
Pocos días después de su aprobación, el Gobierno aprovechó el decreto 'ómnibus' para introducir varios ajustes técnicos, como retrasar la fecha de devengo del 1 al 31 de enero para evitar la concentración en un mismo ejercicio, 2024, del gasto contable tanto del gravamen (correspondiente a 2023) como del nuevo impuesto (correspondiente a 2024).
Cuando el real decreto ley 'ómnibus' decayó en el Congreso el pasado 22 de enero, todas estas modificaciones quedaron sin efecto y la fecha de devengo, que hasta ese momento era el 31 de enero, volvió al 1 de enero.
Como esa fecha ya había pasado, se generó cierta incertidumbre sobre la aplicación del impuesto para el ejercicio 2024, que llevó a las entidades financieras a optar por no contabilizar su impacto hasta que se aclarase la situación.
Aunque las entidades financieras no han contabilizado el impuesto correspondiente al ejercicio 2024 sí han consignado el de 2025 (que se pagará en 2026) por un total de 356 millones de euros (aunque el impuesto se paga en dos veces, se contabiliza cada trimestre): 148 millones Caixabank; 87 millones, Santander; 85 millones, BBVA; 31 millones, Sabadell; y 5 millones, Unicaja.
Por su parte, Bankinter no pagará nada por aplicarse la deducción existente en el Impuesto de Sociedades.
Según los datos del Ministerio de Hacienda, el gravamen extraordinario (antecesor del nuevo impuesto) recaudó 1.787 millones de euros en 2024, aunque no pueden compararse los datos ya que éste afectaba a conceptos distintos. EFECOM
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