Toledo, 14 may (EFE).- El Tribunal Supremo ha determinado que los caudales ecológicos del río Tajo no se pueden alcanzar de forma escalonada hasta el año 2027 en el tramo comprendido desde el embalse de Bolarque en Guadalajara hasta el de Valdecañas entre las provincias de Toledo y Cáceres, ya que al tratarse de zonas protegidas, deben entrar en vigor de forma inmediata.
La sentencia, con fecha de 6 de mayo de 2025 y que ha sido facilitada por la Red del Tajo, es consecuencia del recurso contencioso administrativo interpuesto por la Plataforma en defensa de los ríos Tajo y Alberche y por el Grupo de Acción para el Medio Ambiente (GRAMA) contra la aprobación del plan hidrológico para el tercer ciclo de planificación de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo.
Ayer martes, el Congreso de los Diputados rechazó por un voto la proposición de ley de la Asamblea Regional de Murcia para que el funcionamiento del trasvase Tajo-Segura y el caudal ecológico del río de la cuenca cedente quedaran en la misma situación en la que estaban en 2014. EFE
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