Madrid, 4 feb (EFE).- ¿Qué es un tratamiento radical? ¿Qué pasa con los pacientes crónicos controlados? ¿Y con los que recaen en su cáncer tras contratar un seguro? El Ministerio de Sanidad ha publicado este martes un documento para aclarar la infinidad de dudas que siguen vivas casi dos años después de aprobarse la ley de olvido oncológico.
Sanidad tenía, en palabras de su titular, Mónica García, esta "deuda pendiente" con las asociaciones, que han venido reclamando la necesidad de elaborar un documento de preguntas y respuestas frecuentes sobre la normativa que puso fin a la discriminación que padecían los pacientes oncológicos para contratar servicios como seguros o hipotecas.
Para su elaboración, el Ministerio creó un grupo de trabajo con la Dirección General de Seguros, la Dirección General de Consumo y la Agencia Española de Protección de Datos, según ha explicado la ministra en el acto institucional del Día Mundial del Cáncer.
El documento, que seguirá "vivo y en constante evolución" según vayan planteándose nuevas dudas, reúne las principales que han ido surgiendo hasta ahora:
- La primera es lo que se entiende por "tratamiento radical", puesto que su finalización marca el punto de partida a partir del cual se aplica esta ley, destinada a los pacientes una vez hayan transcurrido cinco años desde la finalización de su tratamiento sin recaída.
Tratamiento radical es el que elimina la enfermedad macroscópica (en tumores sólidos) o la sistémica (en neoplasias hematológicas), como la cirugía, la quimioterapia, radioterapia u otras terapias, aplicadas solas o combinadas, con intención curativa, con independencia de que se acompañe de tratamientos sistémicos antes o después.
- ¿Desde cuándo se cuentan los 5 años?
A partir de la fecha en que se completa el tratamiento radical.
- ¿Qué ocurre con los pacientes crónicos controlados?
Derivado de lo anterior, el olvido oncológico excluye a pacientes crónicos controlados cuyo cáncer no desaparecerá, aunque tomen medicación de por vida.
Sin embargo, sí se beneficiarán los que estén libres de la enfermedad (aquellos en los que ya no existen evidencias de la misma), aunque tomen un tratamiento adyuvante con una finalidad preventiva o curativa.
Esto incluye a pacientes metastásicos, en cuyo caso el estado “sin evidencia de enfermedad” o “libre de enfermedad” estaría determinado por el tiempo desde la obtención de la respuesta completa radiológica o serológica hasta la progresión o último control clínico.
- ¿Qué pasa si se sufre una recaída tras contratar un seguro?
Si estando el contrato en vigor, el asegurado sufre una recaída, no tendría obligación de declararla, si bien la aseguradora podría oponerse a la prórroga en determinados casos. En decesos y dependencia, la oposición solo puede ser ejercida por el tomador.
- ¿Cómo se tratan las secuelas?
Las secuelas derivadas de un cáncer, ya sea una patología o una invalidez, que se tengan en el momento de contratar un seguro deben ser declaradas si el cuestionario de salud las pregunta.
Si aparecen después de la entrada en vigor del contrato, el tomador o asegurado no tendría obligación de declararlas.
- ¿Es posible solicitar un seguro en retroactivo o modificar las condiciones de los existentes?
Las personas a las que se les denegó un seguro antes de la entrada en vigor del olvido oncológico pueden contratarlo ahora, pero sin efecto retroactivo.
En seguros temporales renovables, las primas a partir de la renovación siguiente a la entrada en vigor de este derecho no deberían tener en cuenta el cáncer.
- ¿Qué se entiende por "evolución de la evidencia científica"?
Por tal se entiende la evolución de conocimiento científico de la enfermedad, algo que en el campo de la oncología es constante. Por ello, es necesario consultar constantemente fuentes científicas actualizadas para tomar decisiones clínicas.
- ¿Se pueden eliminar los datos médicos anteriores de las bases de datos de las empresas?
Sí, en virtud del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
- ¿Es obligatorio informar sobre un cáncer superado hace más de 5 años?
No. De hecho, solicitar esta información podría considerarse un tratamiento ilícito de datos.
- ¿Qué hacer si se encuentran dificultades para contratar un seguro?
Se recomienda presentar una consulta o reclamación ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.
- ¿Se puede anular una hipoteca o seguro si se omitió información oncológica en el pasado?
Sí, el asegurador podría rescindir el contrato si los datos suministrados fueron inexactos, aunque en el momento actual esa patología ya no deba tenerse en cuenta.
- ¿Es recomendable informar sobre un cáncer superado, aunque no sea obligatorio?
Si es un nuevo seguro, no es necesario. Si se trata de un seguro temporal renovable en vigor, sí sería recomendable para que, en su caso, se ajuste la tarificación.
- ¿Quién puede emitir un documento que acredite que se ha superado un cáncer?
El médico especialista responsable del proceso oncológico o el médico de familia si dispone de los informes pertinentes.
- ¿El derecho se aplica a cualquier tipo de seguro?
Sí, se aplica a cualquiera en el que el tomador tenga la condición de consumidor.
- ¿Y para renovar un seguro de vida?
Las primas a partir de la renovación siguiente a la entrada en vigor del derecho al olvido oncológico no deberían tener en cuenta el cáncer superado.
- ¿Afecta a la renovación del carné de conducir?
Antes de esta normativa, las personas que habían tenido cáncer tenían que renovar su carné con mayor frecuencia (cada 3 o 5 años). Ahora, si han superado la enfermedad y cuentan con un informe médico favorable, el tiempo será el que les corresponda por edad, como al resto.
- ¿Cómo aplica en la negociación sobre cobertura de incapacidades en un seguro de vida?
El cuestionario de declaración del riesgo no debe preguntar por un cáncer cuyo tratamiento radical haya finalizado hace más de 5 años sin recaída posterior. EFE
(Foto)
Últimas Noticias
Illa: "Un no a la guerra es siempre un sí a la paz" y avisa de que sin paz no hay prosperidad
Durante un acto en Tarragona, Salvador Illa afirmó que rechazar conflictos bélicos representa apostar por el entendimiento, subrayando que el desarrollo económico depende de la convivencia, y criticó a partidos ausentes en la reunión sobre la crisis en Oriente Medio

Los partidos se disputarán 82 procuradores, uno más que en el anterior mandato tras ganar uno por Segovia
El próximo Parlamento autonómico suma un escaño respecto a la última legislatura, con 82 diputados distribuidos entre nueve provincias, panorama que podría propiciar empates en votaciones clave y definir nuevas alianzas políticas en la región

Prisión sin fianza para el detenido por el incendio en el que murieron tres mujeres en Miranda (Burgos)
El sospechoso, acusado de provocar el incendio mortal en Miranda de Ebro, enfrentará cargos por asesinato, tentativa de homicidio, daños y lesiones, según el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, en un caso calificado como violencia de género

Un total de 131 candidaturas de 26 partidos se presenta estas elecciones, nueve concurren en todas las provincias
Las elecciones autonómicas reúnen una cifra récord de listas y agrupaciones de diversa representación territorial, que aspiran a ocupar uno de los 82 asientos disponibles en el parlamento regional de Castilla y León este domingo

Los candidatos a la Presidencia de CyL dedican esta jornada a pasar tiempo con su familia tras la campaña
Tras semanas de actos y mitines, los principales aspirantes al liderazgo regional aprovechan la jornada previa a las elecciones para reencontrarse con seres queridos, relajarse en sus localidades y preparar fuerzas ante el inminente desenlace en Castilla y León



