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Abren un procedimiento por homicidio contra el hombre detenido por la muerte de su pareja en Cartagena (Murcia)

Un hombre de 47 años se presenta en comisaría y confiesa haber matado a su pareja de 50 años en Cartagena, tras antecedentes de amenazas y un procedimiento por jurado en curso

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La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Cartagena (Murcia), en funciones de guardia, ha abierto un procedimiento por homicidio contra un hombre detenido este martes por la muerte de su pareja sentimental, según informaron fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU) en un comunicado.

Cabe recordar que el varón, de 47 años y nacionalidad española, fue detenido tras presentarse voluntariamente en comisaría para confesar que había matado a su pareja.

Funcionarios de la Unidad de Familia y Mujer de la Policía Nacional y agentes de Seguridad Ciudadana se desplazaron al domicilio, donde encontraron el cuerpo sin vida de una mujer de 50 años, de nacionalidad colombiana.

Tras practicar las primeras diligencias, se inhibió al Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Cartagena, que ha incoado un procedimiento por jurado. Está previsto que el detenido sea puesto a disposición judicial este jueves, una vez los agentes concluyan su actuación.

El detenido fue condenado el pasado 11 de abril por un delito de amenazas en el ámbito familiar, tras reconocer que el día anterior sobre las 21.00 horas, después de discutir con su pareja sentimental, con intención de amedrentarla, le manifestó: "te mando a mi hermana y te pega un palizón".

Se le impuso la pena interesada por las acusaciones, reducida en un tercio, tal y como establece el Código Penal cuando el acusado reconoce los hechos: 40 días de trabajos en beneficio de la comunidad y de un año, cuatro meses y dos días de privación el derecho a la tenencia y porte de armas y a las penas accesorias de 8 meses de prohibición de aproximarse a menos de 200 metros de la víctima, de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro sitio público o privado; así como la prohibición de comunicarse directa o indirectamente con ella por cualquier medio de contacto telefónico, informático, telemático, escrito, visual, oral u otro procedimiento por igual periodo de 8 meses.

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