
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha cerrado el último fleco de la comisión rogatoria de Andorra sobre el expresidente del Gobierno Mariano Rajoy por la 'Operación Cataluña' toda vez que ha rechazado pronunciarse sobre la tramitación del auxilio judicial al entender que el asunto ya ha sido resuelto en la Audiencia Provincial de Madrid por la vía de lo penal.
"En efecto, no se puede olvidar que este procedimiento de derechos fundamentales tiene el mismo objeto procesal (la comisión rogatoria internacional) que el recurso de apelación seguido ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial", señala el tribunal en un auto al que ha tenido acceso Europa Press.
Así, los magistrados cierran el último fleco que quedaba pendiente de resolver en los tribunales sobre el auxilio judicial que reclamaba la justicia andorrana para investigar a Rajoy y a sus exministros Cristóbal Montoro y Jorge Fernández Díaz.
La defensa de Rajoy presentó en 2022 un recurso por la vía contencioso-administrativa contra la decisión del secretario de Estado de Justicia de avalar el criterio de la Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Derechos Humanos del Ministerio de Justicia de dar curso a la comisión rogatoria de Andorra.
El expresidente pedía al TSJ madrileño que suspendiera la ejecución de dicha comisión rogatoria y que se paralizase el intercambio de información entre el Juzgado de Instrucción Número 32 de Madrid y la Sección de Instrucción Especializada Número 2 de la Batllia D'Andorra.
En octubre de 2022, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid atendió la solicitud de medida cautelarísima de Rajoy, pero a los pocos días cambió su criterio y denegó que se paralizara el auxilio judicial a Andorra. Desde entonces, tenía pendiente pronunciarse sobre el fondo del asunto.
A PETICIÓN DE RAJOY
Ahora, los magistrados han dictado un auto en el que rechazan pronunciarse porque el pasado julio la Audiencia Provincial de Madrid --por la vía de lo penal-- acordó denegar la comisión rogatoria en cuestión.
De hecho, según consta en el auto, la propia defensa de Rajoy pidió que se declarase la "pérdida sobrevenida de objeto procesal" porque el asunto ya estaba zanjado.
La Audiencia Provincial corrigió la decisión del Juzgado de Instrucción Número 32 de Madrid de aceptar la comisión rogatoria del Principado. Consideró que, si bien el auxilio que se solicitaba tenía encaje en el Convenio Europeo de asistencia judicial, lo solicitado excedía "de la simple notificación de la querella" porque se trató de "dar traslado del acto de imputación derivado de la admisión de la querella por parte de la autoridad judicial andorrana".
Así las cosas, el TSJ madrileño sostiene que la decisión adoptada por la Audiencia Provincial "tiene clara incidencia en el presente proceso, y es por ello que procede declarar la pérdida sobrevenida del objeto del presente recurso".
LA CAUSA ANDORRANA
Cabe recordar que la Justicia de Andorra admitió una querella contra Rajoy, Fernández Díaz y Montoro por presuntos delitos de coacciones, amenazas, chantaje, extorsión, coacciones a órganos constitucionales y creación de documento falso por su supuesta relación con los intentos de conocer "mediante vías ilegales" información bancaria secreta de los expresidentes de la Generalitat Jordi Pujol y Artur Mas, así como del exvicepresidente Oriol Junqueras.
En concreto, los hechos denunciados en las querellas están relacionados con presuntas extorsiones, coacciones y chantaje desde 2014 por parte de agentes de la Policía Nacional a responsables de la Banca Privada d'Andorra (BPA) para conocer "mediante vías ilegales" una información bancaria secreta protegida por la legislación andorrana" de varios gobernantes de Cataluña y sus familiares, entre ellos Pujol, Mas y Junqueras.
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