
La Fiscalía del Principado de Asturias solicita una condena de 15 años de prisión, entre otras penas y medidas, para un hombre procesado por agredir sexualmente a una niña de 12 años, con la que se encontró en Lugones (Siero) después de que la niña se marchara de su casa, en otro municipio, tras una discusión familiar.
La vista oral finalizó este martes en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, con sede en Oviedo, y quedó vista para sentencia. El Ministerio Fiscal sostiene que los hechos ocurrieron el 15 de mayo de 2021. A las 13.30 horas de ese día, la menor se encontró con el procesado, que en ese momento tenía 28 años y se acercó a ella con apariencia amable, conversando para ganarse su confianza.
Destaca el fiscal que la menor estaba nerviosa y llorosa, por la discusión que había tenido en su casa. El procesado, consciente de la situación vulnerable de la menor, que intentó separarse de él y marcharse, la cogió, inmovilizó y agredió sexualmente, aprovechando además que se encontraban en un lugar apartado. A continuación, se fue corriendo y dejó a la niña sola.
La denuncia se formuló al día siguiente en dependencias de la Guardia Civil, a donde acudieron la menor y su madre. La niña sufre secuelas psicológicas a consecuencia de los hechos.
La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito de agresión sexual, con acceso carnal, a menor de 16 años Concurre la agravante de aprovechamiento de las circunstancias de lugar y solicita que se imponga al procesado la pena de 15 años de prisión, la medida de libertad vigilada durante 10 años, a cumplir con posterioridad a la pena privativa de libertad.
Además solicita la inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidos, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad durante 18 años, superior en 3 años al de la duración de la pena privativa de libertad impuesta en sentencia.
También se solicita la prohibición de aproximarse a la menor a menos de 500 metros, a su domicilio, lugar de estudio, trabajo o cualquier lugar en que la misma se encuentre, así como la prohibición de ponerse en contacto con ella por cualquier medio o procedimiento, ya sea informático, telemático o contacto visual, escrito o verbal, durante 21 años (superior en 6 años al de la duración de la pena privativa de libertad impuesta en sentencia). Estas prohibiciones regirán aunque la víctima no se halle en dichos lugares.
En concepto de responsabilidad civil, el procesado indemnizará a la menor con 30.000 euros y al Sespa, con la cantidad que se determine en ejecución de sentencia por la asistencia médica prestada.
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