La CNMC revisa servicio de respuesta activa de la demanda para reducir coste de desvíos

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Madrid, 24 oct (EFECOM).- La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha revisado el marco regulatorio del servicio de respuesta activa de la demanda (SRAD) en el mercado eléctrico, con el que, según el organismo, se reducirá el coste de los desvíos sobre lo previsto en momentos de escasez y se combatirán los episodios de precios elevados.

El regulador ha informado este martes de que ha aprobado una resolución por la que se aprueba un nuevo procedimiento de operación del sistema eléctrico peninsular, el del Servicio de respuesta activa de la demanda (SRAD), y se modifica el procedimiento de Derechos de cobro y obligaciones de pago por los servicios de ajuste del sistema.

Con el nuevo procedimiento, se establece un producto específico para la operación del sistema eléctrico de reserva de balance para la recuperación de la frecuencia con activación manual (regulación terciaria).

La finalidad de ese producto es incrementar la flexibilidad del sistema eléctrico, facilitando la provisión de reserva de balance a las instalaciones para las que no resulta posible la entrega del producto estándar.

El SRAD persigue incorporar a la demanda, es decir a los consumidores, como proveedora de servicios para la operación del sistema, lo que permitirá al sistema eléctrico español hacer frente a situaciones de escasez de flexibilidad para la resolución de desvíos, que se prevé que aumenten en el futuro como consecuencia del proceso de transición energética.

La necesidad de un producto específico de este tipo se constató tras la apertura de los servicios de balance a la demanda hace ya casi tres años.

El nuevo producto SRAD se prevé que resulte más atractivo a la demanda, tanto por presentar una retribución garantizada con carácter anual como por el mayor plazo de entrega del servicio.

Además, proporcionará mayor flexibilidad a los proveedores, por ejemplo, permitiendo llevar a cabo cambios de suministrador, y optimiza los tiempos, procesos e intercambios de información, de acuerdo con las necesidades observadas.

También se introduce un umbral de incumplimiento, se incrementa la transparencia dando mayor publicidad a los resultados de la subasta y activaciones, y se añaden criterios para mejorar la competitividad en las subastas.

La resolución de la CNMC incorpora, asimismo, un mandato al operador del sistema, Red Eléctrica, para iniciar trabajos dirigidos a la búsqueda de alternativas, en coherencia con la temporalidad exigida a los productos específicos por el reglamento de balance.

Aunque se mantiene el carácter anual de las subastas de asignación del servicio y la limitación de la participación a la demanda mayor de 1 megavatio (MW), la resolución prevé que éstos y otros parámetros del SRAD puedan ser revisados posteriormente, entre otros motivos, por la reforma del mercado eléctrico que se está llevando a cabo. EFECOM

cga/mga