Madrid, 10 ago (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 34 años y medio de cárcel impuesta a un hombre que suministró cocaína y violó a dos menores tuteladas por la Junta de Castilla-La Mancha, una pena que, advierte, habría sido mayor con la ley del solo sí es sí.
En este caso, que el propio tribunal tacha de "repulsivo", no se puede aplicar la polémica ley de garantía integral de la libertad sexual, ya que el Código Penal previo resultaba más favorable para el reo.
El Supremo confirma así las penas que impuso en mayo de 2022 la Audiencia Provincial de Albacete: doce años de prisión por violar a una de las menores y trece años y medio por un delito continuado de agresión sexual a la otra chica, a los que se suman dos años por corrupción de menores y siete por un delito contra la salud pública.
Las dos adolescentes, de 16 y 15 años, vivían en un piso de protección de la asociación Atreo-Colabora en Albacete, de donde se habían fugado.
En agosto de 2020 fueron en un taxi hasta un polígono donde les esperaba el condenado, al que la mayor de las chicas ya conocía porque desde hacía tiempo le facilitaba cocaína a cambio de sexo, droga que no había probado la más joven.
Según los hechos probados en la sentencia, ese día ambas tomaron cocaína y, al sentirse indispuesta la más pequeña, el condenado la acompañó al baño, donde la violó y la golpeó ante la resistencia que impuso la chica, que intentó librarse con patadas y puñetazos.
La de mayor edad conocía al sujeto porque, cuando ella tenía entre 14 y 15 años, su madre le había alquilado una habitación en el piso que compartían en Albacete.
Fue en esa casa donde el hombre la agredió sexualmente por primera vez y donde la introdujo a la cocaína, droga a la que quedó enganchada y que el hombre continuó pasándole a cambio de sexo hasta que la chica fue trasladada al piso tutelado en noviembre de 2019.
La Audiencia de Albacete consideró probados todos estos hechos, pero exculpó a la madre, que había sido acusada de explotar sexualmente a su hija menor a cambio de diversas cantidades de dinero o de cocaína.
El Supremo rechaza de plano el recurso de casación presentado por el hombre y avala los testimonios de las dos menores, respaldados por informes médicos y psicológicos y apoyados en las declaraciones de los primeros testigos a los que acudieron tras lo sucedido en el polígono.
La sala de lo penal del alto tribunal descarta también que el consumo de cocaína pudiera haber alterado las facultades mentales del condenado.
"Además, tampoco se ha determinado de qué modo dicha ingesta impedía al acusado comprender la ilicitud de su acción, que por otro lado es repulsiva, pues se trata de menores de 16 años, drogadas y embaucadas para mantener sexo a cambio de droga", subrayan los magistrados. EFE
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