
La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Madrid, Plaza número 5, anuló el pasado junio una multa de 200 euros impuesta por la Dirección General de Tráfico (DGT) a un conductor por saltarse una línea continua, al considerar que el sistema de cámaras utilizado para detectar la infracción no aportaba prueba suficiente. La sentencia, que ya es firme, abre la puerta a que otros conductores sancionados por el mismo motivo puedan reclamar la devolución del importe pagado.
La doble cámara no captura al coche mientras comete la infracción
El método cuestionado se basa en dos cámaras con sistema de reconocimiento de matrícula, colocadas al principio y al final de un tramo de carretera protegido con línea continua. Cuando el sistema detecta que un vehículo circula por un carril distinto al que ocupaba al inicio del tramo, la DGT interpreta que ha cambiado de carril de forma irregular y emite la sanción, sin que exista una imagen del coche en el momento concreto de pisar la línea.
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El tribunal ha considerado que esa forma de proceder no permite dar por probada la infracción. Según el criterio judicial, la ausencia de una imagen que capte al vehículo sobre la línea continua deja abierta la posibilidad de que el cambio de carril se produjera por otras circunstancias del trayecto, no necesariamente relacionadas con una maniobra prohibida. El fallo establece que, si no existe una imagen del vehículo pisando la línea continua, la infracción no sería válida.
Este pronunciamiento se suma a una tendencia que los tribunales vienen aplicando desde hace años frente a los nuevos sistemas de vigilancia de la DGT. El organismo ha ido incorporando radares y cámaras con inteligencia artificial, equipos capaces de procesar un mayor número de vehículos por unidad de tiempo, lo que se traduce en un aumento del número de sanciones emitidas. Sin embargo, los juzgados anulan cada año miles de multas por defectos de forma o por fallos en el funcionamiento de estos dispositivos, lo que representa un problema recurrente para la DGT a la hora de sostener sus sanciones ante los recursos presentados por los conductores.
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El caso resuelto ahora afecta de forma directa al método de doble cámara empleado para vigilar los carriles señalizados con línea continua, un sistema que, según se desprende de la sentencia, no incorpora un registro visual del instante exacto en el que se produce el cruce de la línea, sino que se limita a comparar la posición del vehículo en dos puntos distintos del recorrido.
La resolución judicial tiene un alcance que va más allá del caso concreto. Miles de conductores han sido sancionados en los últimos años con este mismo procedimiento y, en teoría, podrían iniciar un proceso judicial para solicitar la devolución del importe abonado por sanciones similares. No obstante, la mayoría de los afectados no ha ejercido ese derecho hasta ahora, debido a la complejidad que implica reclamar por la vía judicial y a que buena parte de los conductores prefiere evitar ese tipo de trámites, según recoge el citado medio.
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