
Los sindicatos con representación en el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes han mostrado su rechazo al nuevo calendario laboral aprobado para los empleados públicos del departamento. Las organizaciones han considerado que la aplicación de la reducción de jornada a 35 horas semanales no está beneficiando por igual a todos los trabajadores y denuncian que una parte de la plantilla, especialmente el personal de especial dedicación, podría quedar al margen de las mejoras previstas.
La polémica surge después de que el departamento aprobara una resolución que regula los horarios laborales de sus empleados en aplicación del acuerdo alcanzado para reducir la jornada en la Administración General del Estado. Sin embargo, los sindicatos CSIF, UGT y CCOO aseguran que el texto fue aprobado de forma unilateral y sin negociación previa con los representantes de los trabajadores.
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Según denuncia CSIF, la resolución incumple el espíritu de la instrucción aprobada el pasado 14 de abril por la Secretaría de Estado de Función Pública, que estableció la adaptación de la jornada laboral a las 35 horas semanales. El sindicato sostiene que la medida limita las posibilidades reales de reducción horaria para determinados colectivos y mantiene condiciones que, en la práctica, apenas modifican la carga de trabajo.
El foco de las críticas se encuentra en el denominado personal de especial dedicación, una categoría que engloba a miles de empleados vinculados a organismos dependientes del ministerio, entre ellos trabajadores de La Moncloa, Patrimonio Nacional o el Boletín Oficial del Estado. Antes del acuerdo sobre las 35 horas, estos trabajadores tenían una jornada semanal de 40 horas, por lo que la reducción prevista para ellos era distinta a la aplicada al resto de empleados públicos.
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Críticas por el horario de verano
Los sindicatos sostienen que, aunque formalmente la jornada de este colectivo pasa de 40 a 37,5 horas semanales, la reducción apenas tiene efectos reales durante determinados periodos del año. En concreto, denuncian que durante los meses de verano se mantiene el mismo horario de salida que antes de la reforma, fijado a las 14:30 horas, mientras que otros trabajadores de la Administración pueden finalizar su jornada a las 14:00.
Además, las organizaciones sindicales critican la obligación de realizar jornadas de tarde. Según explican, el calendario aprobado contempla dos tardes semanales durante el invierno y una durante el verano para parte del personal afectado. A juicio de UGT y CCOO, estas condiciones reducen el impacto efectivo de la rebaja horaria y dificultan la conciliación laboral y familiar.
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Los representantes de los trabajadores también lamentan que sus propuestas no hayan sido incorporadas al documento final. Aseguran que durante el proceso trasladaron diferentes alternativas para adaptar la nueva jornada, pero sostienen que ninguna de ellas fue aceptada por la Administración. Por ello, consideran que el calendario ha sido impuesto unilateralmente.
Desde CCOO han insistido en que el principal problema no es únicamente el contenido de la resolución, sino la ausencia de negociación. El sindicato entiende que una modificación de estas características debería haberse debatido previamente con los representantes de la plantilla para buscar soluciones consensuadas.
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La respuesta del Ministerio de la Presidencia
Frente a estas acusaciones, fuentes del Ministerio de la Presidencia han rechazado que exista incumplimiento alguno de la normativa estatal. El departamento sostiene que la resolución aprobada el pasado 19 de junio se ajusta plenamente a las directrices marcadas por Función Pública y que respeta los criterios fijados para la implantación de la jornada de 35 horas.
Según explican desde el ministerio, la jornada general queda establecida en 35 horas semanales, con presencia obligatoria entre las 9:00 y las 14:00 horas. En el caso del personal de especial dedicación, recuerdan que su jornada pasa a ser de 37,5 horas semanales y que la propia normativa estatal permite que cada departamento adapte su distribución horaria en función de sus necesidades específicas.
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Las mismas fuentes subrayan que la referencia a la salida a las 14:00 horas afecta únicamente al personal sujeto a la jornada ordinaria. En cambio, para los trabajadores de especial dedicación la regulación contempla un tratamiento diferenciado debido a las características de sus funciones y responsabilidades.
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