La Audiencia Nacional da la razón a Ayuso y suspende la declaración de la Real Casa de Correos de Madrid como Lugar de Memoria Democrática

La presidenta de la región presentó un recurso en octubre tras tachar la decisión de “arbitraria y sectaria”

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Fachada de la Real Casa de Correos, en la Puerta del Sol. (Europa Press)
Fachada de la Real Casa de Correos, en la Puerta del Sol. (Europa Press)

La Audiencia Nacional ha acordado suspender cautelarmente la declaración de la Real Casa de Correos de Madrid, actual sede de la Presidencia de la Comunidad de Madrid, como Lugar de Memoria Democrática, al menos hasta que resuelva el recurso presentado por el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso, que tachó la decisión de “sectaria”. La medida paraliza el acuerdo que se cerró en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 22 de octubre, que reconocía el edificio de la Puerta del Sol por haber albergado la Dirección General de Seguridad (DGS) durante el franquismo, definida como “una de las principales herramientas del control y la represión política” del régimen.

Ahora la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo estima el recurso presentado por el letrado de la Comunidad de Madrid que solicitaba suspender el acuerdo porque suponía un “daño en su imagen institucional”. Así, la sala entiende que “no puede afirmarse de forma categórica que la imagen de la sede de la Presidencia de la CAM pueda sufrir un menoscabo irreversible”; sí pueden asegurar que “no es posible negar de forma categórica dicha incidencia negativa”. Por este motivo, los magistrados, ante la posibilidad de que se genere “un efecto adverso en la imagen institucional de la CAM”, sí ven “pertinente” dar el visto bueno a la medida cautelar solicitada.

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Aun con esto, explican que “no puede obviarse que dicho informe [el de la Real Academia de la Historia] es contundente en el sentido del significado histórico del edificio”, aunque “la significación histórica del edificio no es coincidente con la que se refleja”. El auto recuerda que el texto impulsado por el Gobierno define el inmueble como un “referente y símbolo de las violaciones de los derechos humanos durante el franquismo” y como un “recordatorio sombrío” de aquella etapa histórica.

A partir de ahí, la Sala considera relevante que la declaración afecte a un espacio que hoy “excede” de unas simples “oficinas administrativas”, tal y como las denomina el acuerdo recurrido, ya que actualmente alberga la sede institucional de la Comunidad de Madrid. Los magistrados sostienen que la “confluencia en el mismo espacio físico de intereses tan intensos y, a la par, contrapuestos” aconseja adoptar la suspensión cautelar.

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Además, el auto recoge que la declaración como Lugar de Memoria Democrática implica la colocación de placas, paneles y distintivos memoriales en el edificio, así como su incorporación a circuitos internacionales relacionados con la memoria democrática. La Sala considera que estas actuaciones podrían afectar al funcionamiento y al significado institucional actual de la Real Casa de Correos. Según apuntó el BOE, tras la Guerra Civil, dicho edificio “asumió un papel fundamental en la vigilancia, control y represión de republicanos, socialistas, anarquistas, comunistas, liberales y cualquier persona sospechosa de tener simpatías por las ideas contrarias al régimen”.

El magistrado que rechaza la causa

La decisión, que incluye un voto particular del magistrado Luis Helmuth Moya Meyer, no fue unánime. El juez sostiene que el acuerdo estatal no altera el uso actual del edificio ni imponía medidas concretas que afectasen a las competencias de la Comunidad de Madrid. En su escrito sostiene que la declaración únicamente establecía medidas genéricas de protección y divulgación previstas en la Ley de Memoria Democrática. De la misma manera, este rechaza que pueda acreditarse un daño real para la “imagen institucional” de la Comunidad de Madrid porque “no se explica el razonamiento lógico”.

Fachada de la Real Casa de Correos, a 2 de julio de 2023, en Madrid (España). (Jesús Hellín - Europa Press)
Fachada de la Real Casa de Correos, a 2 de julio de 2023, en Madrid (España). (Jesús Hellín - Europa Press)

“La mera invocación de un perjuicio para la “imagen institucional” de la CAM no es suficiente para justificar la suspensión del acuerdo. El daño reputacional debe ser relevante. Este juicio de relevancia solo puede ser superado cuando la pérdida de prestigio o desconfianza que genere en las instituciones autonómicas afecte a la esfera del ejercicio de las competencias que le son propias y las dificulte significativamente”, apunta el magistrado.

Además, los magistrados entienden que existen “dos intereses públicos en conflicto”: el defendido por el Estado, centrado en la preservación de la memoria democrática, y el que representa la Comunidad de Madrid, vinculado a la protección institucional de su sede. El asunto sigue pendiente del conflicto de competencias abierto ante el Tribunal Constitucional entre el Estado y la Comunidad de Madrid. A juicio de la Sala, la futura decisión del TC puede resultar determinante para este procedimiento, lo que refuerza la conveniencia de mantener suspendida, de momento, la declaración de la Real Casa de Correos como Lugar de Memoria Democrática.

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