
La sala 13 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Granada ha condenado a una fotógrafa de bodas a indemnizar con 500 euros a cada uno de los novios afectados tras constatar que solo recibieron 14 imágenes del reportaje contratado para su boda celebrada el 14 de mayo de 2022. Además, le ha ordenado entregar todo el material pendiente.
La sentencia detalla que, si la fotógrafa solo pudiera entregar el trabajo en bruto y los afectados deben recurrir a otro profesional, será ella quien asuma los costes adicionales. En caso de que sea imposible aportar más material, la condena establece la devolución de los 400 euros de adelanto junto con 2.000 euros de compensación por daños y perjuicios a cada miembro de la pareja.
El tribunal ha reflejado que, pese a “numerosos requerimientos”, la fotógrafa únicamente facilitó imágenes del acto posterior a la boda, omitiendo tanto las tomas del día del enlace como de los preparativos. El contrato, según subraya el tribunal, incluía fotografías en formato físico, copias y archivos digitales en USB, permitiendo a los contrayentes seleccionar las tomas más relevantes para su álbum, de acuerdo con los estándares profesionales exigibles.
No se presentó en el juicio y ya se lo hizo a otra pareja
La fotógrafa ha sido declarada en rebeldía porque no se presentó en la vista oral. La sentencia ha considerado acreditado que existió entre las partes un contrato que no se cumplió y ha incidido en que solo la “mera posibilidad” de no contar con el material fotográfico de una boda genera en los contrayentes “una situación de angustia y desasosiego”.
La fotógrafa ya había sido condenada por hacer lo mismo a otra pareja que contrajo matrimonio en 2022. En aquel caso, fue condenada por el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Granada a pagar 3.500 euros a los afectados por entregar apenas 15 tomas y, además, fuera del plazo establecido.
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