Te puedes jubilar de forma anticipada si sufres una de estas enfermedades, según un abogado

La Seguridad Social amplía la lista de patologías que dan acceso a la jubilación anticipada e incluye once nuevas enfermedades que permiten retirarse desde los 56 años sin penalización

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Estudios demuestran que esto sucede debido a que la esperanza de vida aumenta

La jubilación anticipada permite a los trabajadores retirarse antes de la edad legal, ofreciendo más tiempo para disfrutar de la vida, atender su salud o proyectos personales, y reconociendo el desgaste físico o mental de ciertas profesiones. En España, donde tanto la esperanza de vida como la edad legal de jubilación se han elevado en las últimas décadas, el acceso a la pensión antes de la edad ordinaria es especialmente relevante para quienes se enfrentan a condiciones médicas que limitan su capacidad laboral.

Gracias a la incorporación de once nuevas enfermedades a la lista de patologías reconocidas por la Seguridad Social para ello, más de 50.000 personas podrán tener derecho a la jubilación anticipada. La medida, que elimina cualquier penalización para quienes se acojan a esta opción, supone un alivio para quienes cuentan con diagnósticos severos.

En un video publicado en su perfil de TikTok (@leyesconsebas), el abogado Sebastián Ramírez detalla que ahora quienes padezcan alguna de estas once condiciones podrán solicitar la jubilación desde los 56 años sin sufrir recortes en su pensión.

Nuevas enfermedades que permiten la jubilación anticipada

La lista completa de nuevas patologías incluye:

  • Espina bífida
  • Amiloidosis por transtiretina variante
  • Párkinson
  • Distrofia miotónica tipo 1 (Steinert)
  • Enfermedad de Huntington
  • Enfermedad renal crónica estadio 5
  • Esclerosis sistémica
  • Lesión medular
  • Degeneración corticobasal
  • Atrofia multisistémica
  • Parálisis supranuclear progresiva

En su publicación, Ramírez celebra la decisión: “A mí, ¿qué queréis que os diga? Me parece una buena medida, ya que las personas que sufren una de estas patologías no deberían esperar como una persona ordinaria hasta la fecha de su jubilación”.

Dos personas pasean con su
Dos personas pasean con su perro, a 17 de septiembre de 2025, en Barcelona, Catalunya (España). (David Zorrakino / Europa Press)

La medida ya está en vigor y, según el especialista, supone un avance en derechos sociales para quienes enfrentan enfermedades incapacitantes. La Seguridad Social prevé que esta modificación beneficie a un considerable número de personas que hasta ahora estaban obligadas a trabajar más allá de sus posibilidades físicas, reconociendo legalmente la necesidad de equilibrar la protección social con la sostenibilidad del sistema de pensiones.

Quién tiene derecho a la jubilación anticipada

Desde el punto de vista jurídico, esta modificación se articula en el marco del Real Decreto Legislativo 8/2015, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y en concreto dentro de la regulación de la jubilación anticipada por razones de incapacidad. Según la normativa, los trabajadores que acrediten una incapacidad laboral derivada de enfermedad grave tienen derecho a solicitar el retiro anticipado sin sufrir coeficientes reductores sobre su pensión, siempre que se cumplan los requisitos de cotización exigidos. La inclusión de nuevas patologías responde a estudios médicos que identifican la pérdida funcional significativa que estas enfermedades provocan y que puede dificultar el desempeño laboral continuado.

Además de las once enfermedades recién incorporadas, la jubilación anticipada en España ya está disponible para quienes padecen patologías graves que reducen significativamente su capacidad laboral, como ciertos tipos de cáncer, esclerosis múltiple, enfermedades respiratorias crónicas avanzadas (como EPOC o fibrosis pulmonar), insuficiencia cardíaca o cardiopatías congénitas graves, discapacidades físicas o sensoriales (amputaciones, ceguera o sordera severa) y trastornos neurológicos progresivos como la ELA, siempre que se acrediten mediante informes médicos oficiales y se cumpla con los requisitos de cotización establecidos por la Seguridad Social.