Procedente el despido de una operadora de sala y delegada sindical de un casino de Cádiz por apropiarse de parte del premio que ganó un cliente

La afectada llegó a proponer a una compañera repartir el dinero que había conseguido, lo que impulsó la denuncia interna en su contra

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Fichas de casino y dos cartas de Póker (Freepik)

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha rechazado el recurso presentado por una trabajadora y delegada sindical de UGT en el Casino Bahía de Cádiz, confirmando así su despido por apropiarse de 5.300 euros pertenecientes a un premio que había ganado un cliente del establecimiento en junio de 2022 en El Puerto de Santa María. El tribunal ha concluido que la empresa aportó pruebas “claras” y suficientes sobre la transgresión, tras analizar grabaciones de cámaras, testimonios y documentos.

La trabajadora, que llevaba vinculada a la empresa desde 2003 y ejercía como operadora de sala de máquinas desde 2015, desempeñaba sus funciones en el Casino Bahía de Cádiz, en El Puerto de Santa María. Además ostentaba la condición de delegada de personal por el sindicato UGT, circunstancia que posteriormente tendría relevancia en la estrategia de defensa articulada por su parte.

Los hechos que desencadenaron la controversia se remontan al 1 de junio de 2022, cuando un cliente obtuvo un premio en una máquina recreativa del casino. Según la reconstrucción de los acontecimientos realizada en el procedimiento, el importe total del premio ascendía a más de 11.800 euros, al tratarse de un premio acumulativo. Sin embargo, en el momento del pago, el cliente solo recibió 6.500 euros, quedando pendiente una cantidad significativa. La situación generó sospechas inmediatas en otra trabajadora, que desempeñaba funciones de caja, quien advirtió la posible discrepancia en el importe abonado y trató de verificar la operación en ese mismo momento.

La actuación de la operadora, según se recoge en los hechos probados, no fue aclarada en el momento en que el cliente aún se encontraba en el establecimiento. La verificación del importe real del premio se pospuso hasta después de que el cliente abandonara el casino, momento en el que se constató la diferencia entre lo abonado y lo que realmente correspondía.

Este comportamiento, unido a la propuesta de repartir la cantidad restante entre ambas trabajadoras, según la denuncia presentada, llevó a la compañera a poner los hechos en conocimiento de la dirección del casino.

Expediente disciplinario y despido

A raíz de dicha denuncia, la empresa activó un expediente disciplinario contradictorio, un procedimiento especialmente garantista que resulta preceptivo cuando el trabajador afectado ostenta la condición de representante legal o sindical. Durante la instrucción del expediente se practicaron diversas diligencias, entre ellas la toma de declaraciones y el análisis de las grabaciones de las cámaras de seguridad del establecimiento. La investigación concluyó con la emisión de un pliego de cargos en el que se consideraba que los hechos podían constituir una falta muy grave, vinculada a la transgresión de la buena fe contractual y al abuso de confianza.

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Finalmente, el 27 de julio de 2022, la empresa comunicó a la trabajadora su despido disciplinario. En la carta de despido se detallaba que el cliente no había recibido la totalidad del premio en el momento oportuno y que la diferencia, más de 5.000 euros, tuvo que ser abonada posteriormente por el propio casino, tras localizar al afectado. Asimismo, se sostenía que la trabajadora se había apropiado de dicha cantidad durante su jornada laboral, apoyándose en las conclusiones obtenidas a partir de la investigación interna.

Disconforme con la decisión empresarial, la trabajadora inició acciones judiciales impugnando el despido. Alegó que se habían vulnerado sus derechos fundamentales, en particular su derecho a la igualdad, a la libertad sindical y a la garantía de indemnidad, sosteniendo que la sanción respondía a un trato discriminatorio y no a los hechos imputados. Sin embargo, en primera instancia su demanda fue desestimada, lo que motivó la interposición de un recurso de suplicación ante el TSJ de Andalucía, que ha acabado confirmando la procedencia del despido.