
Una joven, mayor de edad, estuvo durante siete años ignorando los mensajes que le enviaba su padre, y sin responder a sus llamadas ni felicitaciones de cumpleaños. Y esa ha sido la razón principal por la que el tribunal ha decidido retirar la pensión alimenticia que ella recibía, al considerar probado que la joven se negó de manera voluntaria y persistente a mantener cualquier relación con su progenitor, condenado por violencia machista. Esta resolución ha marcado un punto de inflexión en una historia en la que la hija cortó toda comunicación, no solo con su padre, sino también con toda la familia materna, manteniendo su postura incluso tras la muerte de su abuelo.
La decisión judicial representa un giro crucial en la vida de todas las personas implicadas. El tribunal ha confirmado que la negativa de la hija a mantener lazos familiares no puede justificarse únicamente por el conflicto entre los padres ni por el episodio de violencia de género que derivó en una condena al padre. Los jueces concluyen que la ruptura afectiva se debe a la voluntad expresa de la hija, quien tomó partido por la madre y se desvinculó de forma absoluta de su núcleo paterno. Y, por tomar esa decisión, la joven ha perdido el derecho a percibir la pensión alimenticia que hasta ahora recibía.
Distancia familiar y violencia de género, claves en la decisión
Los padres estuvieron casados durante 29 años, antes de separarse en 2023. Durante ese tiempo, la hija fue testigo y parte indirecta de un ambiente doméstico que terminó por fracturarse. El padre fue condenado por violencia de género, aunque la sentencia señala que este episodio no explica por sí solo la ruptura total entre padre e hija. A pesar de la condena, el tribunal considera que la joven, mayor de 18 años y con domicilio propio desde hace años, decidió de manera consciente y sin coacciones cortar lazos con su padre y la familia paterna. Incluso tras el fallecimiento de su abuelo, la joven mantuvo su postura de absoluto silencio.
El proceso judicial se inició tras la demanda de divorcio presentada por el padre y exmarido. El Juzgado de Violencia sobre la Mujer n.º 1 de Cáceres dictó sentencia el 24 de junio de 2025, declarando el divorcio, extinguiendo la pensión alimenticia para la hija mayor y concediendo una pensión compensatoria de 1.000 euros mensuales a favor del padre. Es decir, que la madre pagará esa cantidad al padre como compensación económica temporal hasta que se dividan todos los bienes del matrimonio.
Ante esto, la madre y exmujer recurrió ante la Audiencia Provincial de Cáceres, y defendió el derecho de su hija a seguir percibiendo la pensión alimenticia, alegando circunstancias de dependencia económica. Sin embargo, la Audiencia confirmó el fallo de instancia el 25 de noviembre de 2025, tras analizar los mensajes, intentos de contacto y las declaraciones de todas y cada una de las partes.
El Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), responsable de la publicación de la jurisprudencia española, altera los nombres reales en las sentencias para proteger la privacidad, en aplicación del Reglamento 5/1995 de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales, aprobado por resolución del Consejo General del Poder Judicial en 1997.
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