Le ponen una multa de 200 euros en Jaén mientras su coche estaba aparcado en Sevilla y logra anularla por error policial

La sanción fue retirada después de que el afectado acreditara con billetes de tren, registros de seguridad y datos de GPS que no se encontraba en el lugar de los hechos

Guardar
Varios coches pasan junto a
Varios coches pasan junto a una señal de radar. (Ricardo Rubio / Europa Press)

Facua Sevilla ha logrado que el Servicio Provincial de Gestión y Recaudación de la Diputación de Jaén anule una multa de tráfico de 200 euros impuesta a uno de sus socios por una infracción que nunca cometió. El conductor fue sancionado por realizar un giro prohibido sobre una línea continua en el municipio jiennense de Los Villares en una fecha y hora en la que se encontraba de viaje en Toledo y su vehículo permanecía estacionado en Sevilla.

El afectado es Rafael Mesa, vecino de Santiponce, que el pasado mes de noviembre recibió en su domicilio una notificación que le resultó tan inesperada como desconcertante. El sobre procedía de la Diputación de Jaén y en su interior se le comunicaba una infracción de tráfico calificada como grave.

Según la denuncia, Mesa habría cometido el 5 de octubre de 2025, a las 17:37 horas, una infracción consistente en “no respetar una marca longitudinal continua, sin justificación”, es decir, realizar un giro prohibido. El lugar indicado era Los Villares, una localidad en la que el conductor asegura no haber estado nunca.

Qué dice la ley si te saltas un peaje: estas son las multas.

Una denuncia sin pruebas gráficas

Aunque los datos personales del sancionado y los del vehículo eran correctos, la notificación presentaba una carencia relevante: no incluía ninguna fotografía ni prueba gráfica que acreditase la comisión de la infracción. La multa se basaba únicamente en la actuación de un agente de la Policía Local que, según el escrito, se encontraba realizando labores de vigilancia y control del tráfico.

Desde el primer momento, Rafael Mesa tuvo claro que se trataba de un error de identificación. No solo no había estado en Los Villares ese día, sino que contaba con pruebas que demostraban que se encontraba fuera de la provincia de Sevilla y que su coche no se había movido del lugar donde lo dejó aparcado.

“Me llevé una ingrata sorpresa cuando abrí el buzón y me encontré una multa de 200 euros por una infracción cometida en un sitio en el que nunca he estado”, explica el afectado. “Al comprobar la fecha, vi que era un sábado de un fin de semana en el que estaba en Toledo y había dejado el coche en el aparcamiento de mi trabajo”.

Reconocimiento del error y archivo del expediente

Socio de Facua Sevilla desde hace casi dos décadas, Mesa decidió acudir a la asociación de consumidores para solicitar asesoramiento y defensa. El equipo jurídico de Facua analizó el caso y redactó un escrito de alegaciones dirigido al Servicio Provincial de Gestión y Recaudación de la Diputación de Jaén, en el que solicitaba la anulación de la multa por carecer de pruebas fehacientes.

Radar de tramo. (Eduardo Parra
Radar de tramo. (Eduardo Parra / Europa Press)

Junto al escrito, se aportó abundante documentación que acreditaba el error. Entre las pruebas presentadas figuraban los billetes de tren de ida a Toledo, fechados el 3 de octubre, y de vuelta a Sevilla el 6 de octubre; un justificante del personal de seguridad del centro de trabajo del afectado que certificaba que el vehículo permaneció estacionado allí el día de la supuesta infracción; y capturas de pantalla del sistema GPS del coche que confirmaban su localización en Sevilla.

La respuesta de la Diputación de Jaén llegó a principios de 2026. En su resolución, el organismo estimó las alegaciones presentadas y reconoció expresamente que se había producido un “error en la identificación de la matrícula del vehículo”.

Como consecuencia, la administración procedió a anular la sanción económica de 200 euros y a archivar definitivamente el expediente, poniendo fin al procedimiento sancionador.

Desde Facua Sevilla destacan la importancia de revisar siempre las notificaciones de sanciones y de recurrirlas cuando existan indicios claros de error. La asociación recuerda que las administraciones están obligadas a probar las infracciones y que los ciudadanos tienen derecho a defenderse frente a sanciones injustas, especialmente cuando pueden demostrar de forma objetiva que no cometieron la infracción que se les imputa.