
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de trece años de prisión a un hombre por maltratar y violar a su pareja en Málaga, como represalia por haber hablado con un vecino. La sentencia, a la que ha tenido acceso a EFE, detalla como el agresor utilizó la violencia sexual como forma de “castigo”, llegando a decir tras la agresión: “Este ha sido el primer castigo por haberte parado con ese, el segundo castigo es raparte el pelo”.
El episodio ocurrió en octubre de 2022 en el domicilio en el que vivía la pareja, que mantenía una relación sentimental desde hace tres años y tenían un hijo en común. Según la sentencia, el condenado, natural de Nador (Marruecos), recriminó a la víctima haber estado charlando con un vecino en la calle. Tras sacar un cuchillo, la violó y la maltrató físicamente, en un contexto de “trato vejatorio y degradante”.
Además, el tribunal destaca que la mujer vivía sometida a un clima constante de violencia y humillaciones. “Le propinaba bofetones, patadas, puñetazos y le dirigía expresiones como: ‘Vieja, quién te va a querer, menos mal que me tienes a mí, puta, hija de puta, no vales para nada, yonki, ciega, cuatro ojos’”, según relata el fallo judicial.
Escalada de violencia
La sentencia recoge que la violencia se intensificó desde mayo hasta octubre de 2022, con episodios concretos que muestran la peligrosidad del agresor. En varias ocasiones, la mujer sufrió ataques con objetos: un zapato lanzado a la cabeza que llegó a darla, o unas tijeras arrojadas sobre su cara, que impactaron con su brazo izquierdo cuando intentó esquivarlas.
Durante el verano, el agresor le arañó la cara y le propinó un bofetón que le provocó un hematoma en el ojo izquierdo. A mediados de septiembre, recibió numerosas patadas en las piernas y puñetazos por todo el cuerpo, dejando marcas visibles en la espalda.
El alto Tribunal andaluz recuerda que, mientras el acusado negó haber maltratado ni haber agredido sexualmente a su pareja, sosteniendo que todo lo declarado por ella “es un invento”, la víctima mantuvo en la vista oral el mismo relato que ofreció desde el inicio del procedimiento, con “contundencia, verosimilitud y reiteración, sin observar en ella motivaciones espurias”.
Según la resolución, la víctima sufrió arañazos en la cara, hematomas en el ojo izquierdo y el labio superior, así como otras heridas en la espalda. La culminación de esta violencia se produjo cuando el agresor, tras recriminarle haber hablado con el vecino, la violó “mientras la vejaba y le propinaba puñetazos en la espalda cada vez que se quejaba del dolor”.
Medidas judiciales y protección a la víctima
Además de la pena de prisión, el TSJA ha impuesto una pena de 15 años de prohibición de aproximación a la víctima a una distancia no inferior a 500 metros de su domicilio, lugar de trabajo o cualquier lugar que frecuente ella, así como la prohibición de comunicarse con la víctima por cualquier medio. Una vez cumplida la condena, el agresor deberá someterse a siete años de libertad vigilada. No obstante, la sentencia aún puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.
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