
La Audiencia Provincial de Oviedo ha resuelto que Fátima (nombre ficticio), madre custodio de un menor, deberá abandonar la vivienda que hasta ahora compartía con su hijo, después de que un detective privado acreditase la convivencia de la madre con su nueva pareja en el domicilio. Esta resolución, dictada el 15 de octubre de 2025, da respuesta al recurso de apelación planteado por ambas partes tras una modificación de medidas instada por Ángel, padre del menor.
Por otro lado, el tribunal ha fijado la nueva pensión de alimentos que Ángel, el progenitor sin la custodia, deberá abonar. Tras valorar las circunstancias económicas y familiares de ambos padres, la sala determina que la cantidad será de 300 euros mensuales, rebajando así la cantidad fijada en instancias anteriores. La obligación de pago comenzará el mes siguiente al desalojo efectivo de la vivienda.
La resolución judicial llega tras varios años de ajustes judiciales entre Fátima y Ángel desde su divorcio. El origen del conflicto se remonta a 2017, cuando el primer acuerdo estableció que la madre y el hijo podrían residir en la vivienda familiar durante cinco años, acompañada de una pensión de alimentos de 540 euros que después se redujo a 350 euros por sentencia posterior. En marzo de 2023, una nueva resolución amplió el uso de la vivienda hasta que el hijo cumpliera la mayoría de edad.
La vivienda no tiene que ejercer de residencia de una nueva familia
Sin embargo, la situación familiar cambió de forma relevante cuando Fátima contrajo matrimonio con Víctor Manuel el 1 de diciembre de 2023 y ambos comenzaron a convivir en el que fuera domicilio familiar.
En este contexto, Ángel, que ya no vivía en la vivienda y afrontaba el pago de la hipoteca junto a sus propias cargas familiares, solicitó la revisión del régimen para adecuarlo a la realidad actual. El tribunal valoró la coincidencia de la nueva situación matrimonial de Fátima, la convivencia de su esposo en el domicilio y las pruebas practicadas en el proceso, como el informe de detective privado y la declaración de Víctor Manuel. Además, el análisis tuvo en cuenta que ambos progenitores cuentan con empleo regular en Asturias, aunque las nóminas de la madre eran algo inferiores.
La Audiencia, en esta apelación, ha confirmado la necesidad de que la vivienda recupere su naturaleza original y deje de servir como residencia de una nueva familia, y ha ajustado la pensión a 300 euros mensuales a la luz de los medios económicos y las obligaciones de cada progenitor. No se imponen costas a ninguna de las partes.
Esta decisión no es definitiva. Las partes tienen ahora veinte días para presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo si consideran que existen motivos jurídicos suficientes para impugnar la sentencia.
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