
Un trabajador del sector energético en Francia ha sido despedido tras una insólita denuncia de su propia esposa, quien reveló que ejercía otro empleo mientras se encontraba de baja médica por una supuesta depresión. El caso llegó hasta la Corte de Casación después de la apelación del empleado, que finalmente ha perdido en los tribunales.
La decisión de la justicia fue tajante: “Un asalariado que realiza un trabajo remunerado durante su baja médica comete una falta grave”, según ha informado el medio francés Le Figaro. Esta disposición pesa sobre quienes están sujetos al estatuto particular de las industrias eléctricas y gasíferas, el sector en el que trabajaba este hombre, un marco normativo instaurado en 1946 en Francia y que prohíbe toda actividad laboral mientras se perciban prestaciones por incapacidad temporal.
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El origen de la controversia no estuvo en una investigación interna ni en la vigilancia empresarial habitual. Fue la esposa del trabajador quien alertó a la compañía con una carta en la que aseguraba que su marido “trabajaba mientras decía estar enfermo, que no estaba en absoluto deprimido y que simplemente abusaba de la empresa para lograr sus fines económicos”. Ante el riesgo de que se tratara de una venganza personal, la dirección de la compañía optó por una comprobación minuciosa y, tras recibir horarios y facturas de la empresa competidora, corroboró que el empleado había impartido ocho formaciones remuneradas en tres meses en esa otra firma, pese a su baja por depresión.
La empresa lo citó a una audiencia disciplinaria, y tres meses después, fue “retirado de forma forzosa”, la expresión utilizada en esa industria en Francia para definir un despido disciplinario por falta grave. El afectado recurrió la medida de inmediato ante el tribunal de apelación, reclamando más de 140.000 euros en concepto de indemnización. Argumentó que no existía falta grave, pues pensaba que era posible combinar dos empleos y que su trabajo secundario no causó perjuicio a su empleador principal. Pero los jueces consideraron probados los hechos y concluyeron que la infracción al reglamento justificaba el despido.
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Una falta grave
Su última oportunidad fue la Corte de Casación. Sin éxito. Ahora, el máximo tribunal ha confirmado el fallo previo de la corte de apelación: trabajar para otra empresa durante una baja médica equivale a una falta grave para quienes están bajo el estatuto de las industrias eléctricas y gasíferas, incluso en ausencia de perjuicio para la compañía principal.
A propósito de los alcances de esta sentencia para otros sectores, el abogado Roman Guichard explicó en Le Figaro: “En el derecho común, el simple hecho de trabajar durante una baja médica no basta para justificar un despido. Lo que importa es la lealtad: se habla de falta grave sólo si hay competencia directa o incumplimiento manifiesto hacia el empleador”. Así, los empleados del sector privado no están sujetos al mismo nivel de restricción que quienes se rigen por este reglamento especial. Como resultado, el trabajador se quedó sin indemnización por despido ni preaviso y, además, fue condenado a pagar las costas judiciales de la empresa.
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