
El Gobierno ha aprobado en septiembre el anteproyecto de la ley antitabaco que equipara los cigarrillos electrónicos a los convencionales y prohíbe fumar y vapear en nuevos espacios como las terrazas de hostelería, piscinas o marquesinas de autobús.
Con esta nueva normativa, el Ministerio de Sanidad pretende dar un “paso importante en la lucha contra el tabaquismo” y anteponer el derecho a la salud y la libertad de respirar aire limpio a los intereses comerciales. Además de tratar de erradicar el vicio generado por el tabaco que mata a 140 personas al día en España, donde se consumen 50.000 cigarros al año.
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En concreto, la norma establece la ampliación de los espacios libres de humo -incluido el de vapeadores y otros productos-, límites a la publicidad, la prohibición de los dispositivos electrónicos de un solo uso, la puesta en marcha del Observatorio para la Prevención del Tabaquismo y el impulso de programas de prevención y cesación del tabaquismo desde la atención primaria sanitaria.
Prohibido fumar a menos de 15 metros de colegios y centros sanitarios
El anteproyecto de ley, aprobado en primera vuelta por el Gobierno, tendrá que recibir ahora los informes de los órganos constitucionales para volver a pasar por el Consejo de Ministros antes de recalar en el Parlamento. Cuando esta reforma sea una realidad, no se podrá fumar en terrazas, piscinas, campus o marquesinas y tampoco a menos de 15 metros de centros educativos, sanitarios, culturales y deportivos o parques infantiles.
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La futura ley también igualará la legislación para tabaco convencional y los nuevos productos como el cigarrillo electrónico, las bolsitas de nicotina, productos a base de hierbas para fumar o vaporizar y dispositivos para el consumo de productos calentados.
Endurecimiento de las multas
Uno de los puntos más relevantes de la norma es el endurecimiento de las sanciones, ya que prevé un sistema escalonado que se basa en la gravedad de la infracción. En el caso de las infracciones leves, como fumar en espacios prohibidos, por ejemplo, en una terraza o una marquesina, las multas irán de los 30 a los 600 euros, señala Manuel Hernández García, director y socio del Bufete Vilches Abogados.
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En el caso de las infracciones graves en las que se incluyen conductas como permitir que se fume en un local donde está prohibido, vender tabaco o vapers a menores de edad o incumplir las normas de señalización en establecimientos, el abanico de multas oscila entre los 601 y 10.000 euros. Hernández advierte que “en el caso de bares y restaurantes, la reincidencia puede llevar también a sanciones accesorias, como cierres temporales”.
Las infracciones muy graves son las que más penalizará el bolsillo de los incumplidores. En este epígrafe se recogen acciones como publicidad encubierta, promoción en eventos, patrocinio o la venta masiva de productos prohibidos, y las multas pueden dispararse hasta los 600.000 euros.
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“Estas sanciones están dirigidas principalmente a empresas distribuidoras, fabricantes o negocios que incumplen la normativa”, señala el director y socio del Bufete Vilches Abogados.

El menor fuma y sus padres pagan
La norma impone sanciones no solo a los infractores directos. “Incorpora una responsabilidad para los padres o tutores legales y si un menor de edad es sorprendido fumando o vapeando, la sanción puede recaer sobre sus padres o tutores legales, ya que se entiende que deben velar porque estos jóvenes cumplan la normativa”, subraya Manuel Hernández.
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Incide en que con este enfoque se pretende “no solo castigar la infracción en sí, sino también fomentar una mayor conciencia familiar y social sobre la importancia de prevenir el consumo de tabaco en la edad adolescente”. A su juicio, “estamos ante una nueva ley antitabaco con unas exigencias mucho mayores que en la actualidad y que debemos estar preparados para cumplir para evitar unas sanciones muy elevadas”.
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