
En estos tiempos en los que se denuncia ante los tribunales por cualquier cosa —e incluso se denuncia como reacción a haber sido denunciado, y así en un bucle infinito—, hay jueces que todavía tratan de trazar alguna línea roja. Un ejemplo acaba de suceder en Italia, donde la familia de un estudiante de instituto que se fracturó el pie izquierdo durante una clase de educación física reclamaba 61.000 euros de indemnización, alegando que la escuela era responsable del accidente.
La sentencia emitida recientemente por el Tribunal de Ragusa, que ha tardado siete años en resolverse, ha generado un giro decisivo en el ámbito de los litigios escolares en Italia. Mediante su resolución, los jueces rechazaron íntegramente la solicitud, obligando además a la familia al pago de más de 9.000 euros en gastos procesales.
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Las versiones de los hechos no coincidían. La familia sostenía que el hijo se había lesionado “al patear un balón”, mientras que el informe del profesor, redactado inmediatamente después del suceso, relataba: “El estudiante resbaló mientras corría para recuperar una pelota de voleibol”. Una diferencia que parecía insignificante, pero que resultó decisiva para el destino del proceso.
Ahora, el tribunal ha sentenciado de forma contundente que lesionarse en la escuela no implica automáticamente el derecho a ser indemnizado, según recogen los medios italianos que han seguido el caso. Los jueces enfatizaron que el reclamante debe demostrar, además del daño, la existencia de un incumplimiento específico del personal escolar. Según la sentencia, en este caso el profesor responsable se encontraba presente y había cumplido debidamente con los protocolos de vigilancia exigidos.
“Se requiere negligencia por parte del cuerpo docente”
“No bastan alegaciones genéricas sobre la vigilancia, sino que se requieren pruebas concretas de negligencia específica por parte del cuerpo docente”, insiste la sentencia. Los magistrados ilustran con ello que la escuela no puede verse como una suerte de “póliza de seguro universal” frente a cualquier accidente que ocurra en actividades didácticas corrientes.
Para la familia, la derrota en tribunales no solo implicó la desestimación de la demanda sino también una carga financiera considerable. El estudiante, quien ya había alcanzado la mayoría de edad y se constituyó en parte civil durante el proceso, quedó obligado a afrontar la totalidad de los costos judiciales. La sentencia, por lo tanto, redefine los márgenes de la responsabilidad escolar, señalando que los institutos no pueden ser considerados responsables por los accidentes ocurridos durante el desenvolvimiento normal de las clases siempre que el personal haya respetado sus deberes de vigilancia, según destaca la crónica en La Stampa.
No es el único caso similar que se acaba de resolver en Italia. En agosto, la Corte de Casación, tras más de 20 años de juicios, también resolvió en contra de un profesor que fue golpeado por la hoja de una puerta cortafuego y que reclamaba una indemnización por los daños sufridos. La demanda involucró al centro educativo, al Ministerio de Educación, a la docente encargada de la vigilancia y a la compañía aseguradora.
En el primer tribunal, la demanda fue aceptada parcialmente. Solo el Ministerio de Educación fue condenado a pagar una indemnización de aproximadamente 29.000 euros. Pero la Corte de Apelación, la decisión cambió completamente: se rechazó toda la indemnización, una decisión confirmada ahora por la Corte de Casación.
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