
A pesar de haberse casado con su esposo solo seis días antes de su fallecimiento, una mujer gallega ha logrado que la justicia reconozca su derecho a la pensión de viudedad de 1.528,68 euros mensuales después de que la Seguridad Social le negara inicialmente la prestación.
El caso se remonta al 14 de marzo de 2022, día en que falleció el hombre, quien había contraído matrimonio con la mujer una semana antes. La pareja, sin embargo, había convivido durante varios años como pareja de hecho antes de formalizar la unión. Tras la muerte de su esposo, ella solicitó la pensión de viudedad, pero la Seguridad Social únicamente accedió a conceder una prestación temporal y, posteriormente, denegó el acceso a la pensión ordinaria, señalando el incumplimiento del periodo mínimo de matrimonio —un año— y la falta de prueba suficiente sobre la convivencia previa.
El artículo 219.2 de la Ley General de la Seguridad Social establece que, si un matrimonio se ha celebrado con menos de un año de antelación al fallecimiento y no existen hijos comunes, el solicitante debe acreditar que la suma del tiempo de matrimonio y la convivencia como pareja de hecho supera los dos años. Para la administración, la mujer no aportó suficiente evidencia de la convivencia previa para alcanzar el requisito temporal, motivo por el cual también rechazó su reclamación administrativa inicial.
No conforme con la resolución, presentó demanda ante los tribunales y, en primera instancia, el Juzgado de lo Social número 1 de Lugo valoró las pruebas presentadas. El juzgado consideró acreditado que la pareja había convivido desde al menos 2016, gracias a la documentación y testigos aportados por la viuda.
La Seguridad Social, en desacuerdo con la decisión, interpuso un recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, pero la sala volvió a confirmar la sentencia inicial, subrayando el valor probatorio suficiente que tiene la prueba testifical y la imposibilidad de proceder a su revisión salvo que existieran pruebas documentales contundentes en sentido contrario. El TSJ destacó que “la prueba testifical tiene plena eficacia probatoria y que no se puede revisar salvo existencia de prueba documental fehaciente que demuestre lo contrario”.
Pensión con efectos retroactivos
Por ello, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ratificó el derecho de la mujer a percibir la pensión de viudedad, fijando una base reguladora de 2.938,23 euros y una cuantía mensual de 1.528,68 euros. La sentencia ordena a la Seguridad Social abonar la prestación con efectos retroactivos desde el 1 de abril de 2022.
Por otra parte, el fallo recuerda que el artículo 219.2 otorga a los convivientes la posibilidad de sumar el tiempo de vida en común como pareja de hecho y el periodo matrimonial, para alcanzar los requerimientos establecidos para el acceso a la prestación. En ausencia de hijos en común, este criterio es determinante.
La resolución también subraya la importancia de la prueba testifical en estos procedimientos. El tribunal estableció que, salvo contradicción por documentación sólida que lo desmienta, los testimonios aportados por la parte demandante tienen plena eficacia probatoria, lo que marcó la diferencia en este proceso.
Últimas Noticias
Embalses de agua: la reserva bajó este 14 de marzo
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha actualizado su último informe sobre la capacidad de los embalses de agua en España

El viaje del papa León XIV a España condiciona la opción de un adelanto electoral de Pedro Sánchez
El pontífice pronunciará un discurso en el Congreso el 8 de junio en calidad de jefe de Estado, a menos de dos semanas de que se disuelvan las Cortes

Cuánto cuesta ser fallero en Valencia: hasta 4.100 euros entre indumentaria, complementos y ocio
El gasto de este grupo genera hasta 1.159 empleos a tiempo completo, beneficiando en mayor medida los sectores de comercio, industria textil y hostelería

La nueva vida de Anna Barrachina: así triunfa como pintora la hija de Álvaro Muñoz Escassi
La joven artista, que durante años ha llevado una vida discreta lejos del foco mediático, consolida su carrera como pintora con nuevos reconocimientos y presencia en ferias de arte

El origen de las latas de conserva de Mercadona: el atún es de una empresa coruñesa y las anchoas, enlatadas en Marruecos
Las latas de atún, de caballa, mejillones o berberechos son un básico en la alimentación de muchos, aunque no todos conocen de dónde proceden

