
En España, un trabajador que se encuentra de baja médica por enfermedad o accidente disfruta de una protección legal frente al despido. Sin embargo, este derecho no es absoluto, y existen situaciones donde un despido durante una baja no sería considerado nulo, sino improcedente, lo que podría implicar indemnizaciones o la readmisión del trabajador. En este contexto, hay casos legales que resaltan la importancia de vigilar y ser conscientes de lo que se publica en redes sociales durante una baja laboral, advirtiendo que lo que suben los empleados a plataformas como TikTok puede ser usado en su contra.
El abogado conocido en TikTok como Un Tío Legal (@laboral_tips) compartió detalles de este caso, en el que una trabajadora fue despedida durante su baja médica, pero no por las razones que podría haber esperado. La trabajadora, tras llevar dos meses en la empresa y comenzar una baja por ansiedad, decidió realizar un viaje durante su tiempo de descanso. Lo que parecía un acto personal sin consecuencias, acabó siendo el centro de un conflicto legal debido a las redes sociales.
“Como casi todo el mundo hace, pues lo sube a su TikTok”
“Esta trabajadora llevaba dos meses en la empresa y coge una baja médica por ansiedad. ¿Pero qué hace? Está unos meses de baja y coge y se va de viaje. No contenta con esto y como casi todo el mundo hace, pues lo sube a su TikTok“, explicó el abogado en su video. El comportamiento de la trabajadora fue descubierto por la empresa cuando, a través de la plataforma social, se vio que estaba viajando mientras se encontraba de baja. “TikTok que le llega a la empresa… Pues bueno, vete a saber tú, porque al final todo lo que subís va a acabar llegando a alguien”, alertó el abogado.
Al enterarse, la empresa optó por un despido disciplinario, alegando que su comportamiento —es decir, viajar mientras estaba de baja— perjudicaba su recuperación. El motivo de la sanción fue que las empresas pueden considerar que algunas actividades, como viajar, son incompatibles con ciertas bajas médicas.
Sin embargo, en este caso, la empleada presentó una demanda “por despido nulo, nulo por la obtención de las imágenes. Dice que es totalmente ilegal”, relató el abogado. Pero el Juzgado de lo Social de Barcelona, en primera instancia, dictó que el despido no era nulo, sino improcedente, y el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia respaldó esta postura.
“El recurso ante el Tribunal Superior de Justicia dice que no, que no es nulo y que en todo caso es improcedente”, explicó el abogado, indicando que la decisión no fue favorable para la trabajadora en cuanto a la nulidad del despido.
“La empleada tenía un perfil público, así que la obtención de esas imágenes o vídeos es totalmente lícita”
Una de las claves del caso fue el perfil público de la trabajadora en redes sociales. Aunque en muchos casos los empleados pueden poner sus redes en modo privado para proteger su privacidad, la trabajadora no lo hizo, y esto resultó determinante en el fallo judicial. “En cuanto al uso de las imágenes que vosotros subís a vuestras redes sociales, tenéis mecanismos para que estas no sean públicas. Básicamente, poner el perfil privado, por ejemplo. Sin embargo, la empleada tenía un perfil público, con lo cual era de dominio público, así que la obtención de esas imágenes o vídeos es totalmente lícita”, señaló el abogado.
A pesar de la improcedencia del despido, el tribunal consideró que la empresa actuó de forma correcta al despedir a la trabajadora bajo los argumentos presentados. Sin embargo, como el despido no fue considerado nulo, la trabajadora recibió una indemnización por despido improcedente. “La empleada sí gana el juicio, pero le dan una indemnización de unos 900 euros”, indicó el abogado.
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