
El Gobierno de Pedro Sánchez solo ha concedido dos peticiones de nacionalidad por carta de naturaleza en los primeros cinco meses de 2025, una cifra que contrasta con las concesiones de los últimos tres años en el mismo periodo de tiempo: cinco en 2022, 48 en 2023 y 21 en 2024, según los datos recabados por este medio. En 2021, solo se concedió una desde enero hasta mayo, mientras que en 2020 fueron dos nacionalidades.
En una reciente respuesta parlamentaria escrita al diputado de EH Bildu Jon Iñarritu, el Ministerio de Justicia detalló que entre 2020 y 2024 se presentaron un total de 3.066 peticiones de nacionalidad por esta vía, únicamente se concedieron 213 y continúan pendientes 2.853. “Las solicitudes que no prosperan han de entenderse desestimadas y así se informa a los interesados en el oficio de admisión de la solicitud”, reza la iniciativa.
Es decir, el Gobierno solo aceptó el 7% de las peticiones de nacionalidad por carta de naturaleza, una forma de adquisición de la nacionalidad que tiene carácter “graciable” y no está sujeta a las Normas Generales de Procedimiento Administrativo. El artículo 21.1 del Código Civi establece que esta prerrogativa se otorga o no “discrecionalmente” por el Gobierno mediante Real Decreto, tras valorar la concurrencia de circunstancias “excepcionales”.
De las 213 otorgadas entre 2020 y 2024, hasta 146 (el 68,5%) fueron para personas originarias de Nicaragua, exiliadas o expulsadas por el régimen de Daniel Ortega, y se concedieron entre 2023 y 2024. El resto se reparten entre otras 27 nacionalidades. En dicho tramo temporal, el año que más nacionalidades por carta de naturaleza se concedieron fue en 2023, cuya cifra ascendió a 110. En 2020, el Ejecutivo otorgó 14; en 2021, 11; en 2022, 17; y en 2024, 61.
En lo que respecta a 2025, el Gobierno ha concedido dos peticiones de este tipo. Según recogió el Boletín Oficial del Estado el pasado 19 de febrero, el Ejecutivo otorgó la nacionalidad española por carta de naturaleza al austriaco de 87 años Peter René Pérez, superviviente del Holocausto y, según sus propias palabras, el “último sefardí de la comunidad de Viena”.
En el BOE publicado ese mismo día, el Ejecutivo también concedió dicha solicitud a Yousra Nakour Taki. “A propuesta del Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en atención a las circunstancias excepcionales que concurren en doña Yousra Nakour Taki, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de febrero de 2025, vengo en conceder la nacionalidad española por carta de naturaleza a doña Yousra Nakour Taki, con vecindad civil de Derecho común. Esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil”, dice el texto.
Requisitos
Para acceder a esta perrogativa, el interesado puede solicitarla por sí mismo, siempre que sea mayor de 18 años o se encuentre emancipado. También, puede optar a ella un mayor de 14 años asistido por su representante legal, así como esta propia figura. Por último, puede hacerlo “el incapacitado por sí solo o el representante legal del Iicapacitado, dependiendo de lo que señale la sentencia de incapacitación”.
Asimismo, según la página web del Ministerio de Justicia, la documentación que ha de acompañar a la solicitud es la siguiente:
- Certificado Literal de Nacimiento, Legalizado o Apostillado, y en su caso, traducido.
- Certificado de Antecedentes Penales del País de Origen Legalizado y traducido (sólo en mayores de 18 años).
- Certificado de Antecedentes Penales del Registro Central de Penados en el caso de residentes en España mayores de 18 años.
- Documentos acreditativos de la concurrencia de circunstancias excepcionales.
- Otros Documentos que el Interesado estime oportunos.
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