Unos viajeros entre Madrid y Orlando sufren un retraso de 7 horas en el vuelo de ida y 3 horas al volver: la justicia condena a la aerolínea a pagarles 4.000 euros

Los vuelos fueron operados por diferentes compañías, pero la sentencia ha señalado que la empresa que vendió el paquete completo debe ser considerada responsable

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Imagen de archivo de un
Imagen de archivo de un avión.

La primera parte de esta historia es algo muy común, tan habitual que ya se ha convertido en rutinaria: un avión sale con retraso. Y por ello, aterriza con retraso sobre la hora prevista. En concreto, con siete horas de tardanza.

Ocurrió en un viaje entre Madrid y Orlando, con escala en Nueva York durante el viaje de ida, y en Washington y Bruselas durante el retorno. Los tres pasajeros afectados sufrieron una demora de más de siete horas debido a una falla técnica. Pero la serie de inconvenientes no finalizó ahí. Durante el trayecto de regreso, apenas después de despegar de Bruselas con rumbo a Madrid, la aeronave tuvo que regresar al aeropuerto belga. La causa fue otra vez una avería, que esta vez afectó tanto a una de las alas del avión como al tren de aterrizaje. Como consecuencia, los pasajeros tuvieron que esperar antes de ser reubicados en un nuevo vuelo que aterrizó en Madrid tres horas después de lo programado originalmente.

Además, los contratiempos aéreos provocaron que los viajeros perdieran los billetes de tren que tenían comprados con anterioridad para continuar su viaje desde Madrid a Sevilla, obligándolos a realizar un desembolso adicional de 211,15 euros para adquirir unos nuevos.

La segunda parte de esta historia, sin embargo, ya no es tan habitual: y es que los viajeros afectados por los retrasos en los aviones decidieron demandar a la aerolínea. Ahora, un tribunal de Sevilla ha fallado a su favor, condenando a la empresa a pagar una compensación cercana a los 4.000 euros.

La base legal para esta resolución residió en el Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, que establece el derecho a compensación en casos de retraso o cancelación de vuelos. Así, fue posible reclamar una indemnización de 1.800 euros por el retraso en la ida —distribuidos en 600 euros por pasajero— y una cifra similar por el retraso en el regreso, sumando a esto los gastos imprevistos por los billetes de tren perdidos, alcanzando un total reclamado de 3.811,50 euros.

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“Es una pena”

Pese a que los vuelos problemáticos fueron operados por diferentes compañías, el despacho de abogados Hepburn & Acosta Abogados y Asesores presentó la demanda exclusivamente contra la empresa que comercializó el paquete completo de los vuelos, al considerar que ésta tenía la obligación de responder por las incidencias, tal como establece la normativa vigente.

“Es una pena que todavía existan compañías aéreas que ante situaciones como estas, no procedan a reparar el daño causado a los pasajeros conforme a derecho, viéndose los perjudicados obligados a acudir a los servicios de abogados”, ha declarado el abogado Jesús Hepburn, del bufete que llevó el caso, en palabras recogidas por el medio legal especializado Lawyerpress News. “Las reclamaciones extrajudiciales fueron infructuosas, por lo que nos vimos obligados a presentar la correspondiente demanda. Resulta llamativo y tedioso que una compañía que niega su responsabilidad fuera de un procedimiento judicial, sí proceda a indemnizar una vez que toma conocimiento que el asunto se está dirimiendo en la vía judicial”, añadió la también abogada Aurora Acosta.

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