
La Audiencia Provincial de Huesca ha resuelto el caso de un usuario de una casa de apuestas deportivas que demandó a la empresa Hillside New Media Malta PLC, filial del gigante británico Bet365. Esta persona, que la sentencia identifica con el nombre de Marcial, solicitó la nulidad de ciertas cláusulas contractuales que consideraba abusivas.
La relación de Marcial con Bet365 se remonta a febrero de 2017, cuando se registra para intentar ganar dinero con las apuestas deportivas. En 2021, la empresa actualizó los términos del contrato, introduciendo condiciones a las que el usuario se opuso. Lejos de aceptarlas o cambiar el prestador de este servicio, el hombre decidió impugnar.
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En particular, una de las modificaciones permitía a Bet365 rechazar apuestas a su discreción tras ser realizadas. La otra le concedía el derecho a cerrar cuentas de usuario con un preaviso de 14 días.
La causa llegó inicialmente al Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Monzón, donde la demanda fue desestimada en julio de 2022. El fallo determinó que las cláusulas impugnadas no generaban un desequilibrio significativo entre las partes y no se consideraron abusivas. Además, la corte no encontró pruebas de que Hillside hubiese restringido la cuenta de esta persona.
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Descontento con el resultado, Marcial presentó un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Huesca. En el recurso, argumentó que las condiciones impuestas resultaban injustas y violaban la normativa de defensa del consumidor, de modo que solicitó la nulidad de dichas cláusulas y la reactivación de su cuenta sin restricciones injustificadas.
La sentencia
La Audiencia Provincial revisó nuevamente las cuestiones planteadas. Respecto a la cláusula que facultaba a Bet365 a rechazar apuestas, el tribunal concluyó que dicha prerrogativa era abusiva. Argumentó que una vez publicada una oferta de apuesta con reglas específicas, la empresa no podía decidir unilateralmente aceptarla o no, pues esto podría dar pie a decisiones arbitrarias que perjudican al consumidor. Así, la cláusula fue declarada nula.
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Por contra, la cláusula referente al cierre de cuentas con preaviso sí fue mantenida. El tribunal consideró que el aviso de 14 días daba a ambas partes una capacidad razonable para finalizar la relación contractual sin incurrir en ningún desequilibrio manifiesto. Asimismo, la empresa tenía derecho a admitir o no a los usuarios que considerara siempre que permitiera este periodo de tiempo.
El juicio también abordó el reclamo de Marcial sobre las restricciones en su cuenta. Se presentaron pruebas que mostraban limitaciones en el uso de esta, incluyendo pantallazos que indicaban restricciones injustificadas en el importe máximo de las apuestas. A partir de esto, la Audiencia ordenó la eliminación de dichas limitaciones, permitiendo a Marcial acceder nuevamente a los servicios bajo las condiciones legales y generales aplicables a todos los usuarios.
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Con esto, la sentencia emitida por la Audiencia Provincial resolvió el caso parcialmente a favor de Marcial, pero determina que el derecho a utilizar la plataforma está condicionado a regulaciones generales y futuras condiciones válidas establecidas por Hillside.

Control sobre las casas de apuestas
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) expresa de forma recurrente su creciente preocupación respecto a la influencia de la publicidad de las casas de apuestas y los juegos de azar, especialmente en la población joven y otros colectivos vulnerables. No es menor la preocupación sobre los perfiles públicos, como deportistas o presentadores, que venden su imagen para promocionar estos negocios.
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El Gobierno ha introducido varias medidas reguladoras en este sentido. En 2024, se implementaron nuevas normativas fiscales y publicitarias para aumentar el control sobre las actividades de las casas de apuestas, buscando crear un entorno más seguro para los consumidores. Adicionalmente, el Ministerio de Sanidad anunció planes para instar a las comunidades autónomas a prohibir la ubicación de casas de apuestas a menos de 100 metros de colegios e institutos, en un esfuerzo por proteger a los menores.
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