
PSOE y Sumar han propuesto aumentar la sanción por parar o estacionar en zonas de estacionamiento reservadas para personas con discapacidad. Los partidos que forman el Gobierno han planteado esta medida en el marco de la ley sobre la reducción de la tasa máxima de alcohol en la conducción y la prohibición de la difusión de la ubicación de controles en redes sociales.
Según reza la enmienda, las formaciones que sostienen el Gobierno añaden este supuesto en las infracciones recogidas en el artículo 77 de la legislación sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Y es que, creen necesario modificar la calificación que en la Ley de Seguridad Vial se hace de la infracción, que pasaría de ser grave a muy grave. La multa en ese caso sería de 500 euros, que podría reducirse a 250 euros por pronto pago, “estimándose que sí sería disuasoria de estas conductas tan reprobables e insolidarias”, asegura el texto.
Para justificar la medida, PSOE y Sumar recuerdan que el artículo 49 de la Constitución Española de 1978 proclama que las personas con discapacidad deberán ser objeto de protección especial para el ejercicio de sus derechos en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas. “La accesibilidad es una condición previa para que las personas con discapacidad, hombres y mujeres, puedan vivir de forma independiente y participar plenamente integrados en la sociedad en igualdad de condiciones”, aseguran.
Asimismo, lamentan que las personas con movilidad reducida sufren “serios problemas y dificultades” en sus desplazamientos en vehículos para aparcar cerca de sus lugares de destino, en parte por la “carencia” de plazas de estacionamiento reservadas, pero sobre todo por el “mal uso que se hace de ellas por otros usuarios, que las ocupan sin estar habilitados para ello incurriendo en comportamientos especialmente insolidarios y reprochables”.
El Gobierno aclara que las Administraciones locales, a través de sus agentes de Policía Local, pueden denunciar estas infracciones, que en la actualidad tienen la consideración de graves y están sancionadas con multa de 200 euros, que normalmente se reduce a 100 euros por pronto pago. “La experiencia viene demostrando que esta sanción no resulta en absoluto disuasoria y son muchas las peticiones que, procedentes tanto de particulares como de asociaciones, solicitan la agravación de esta infracción concreta y, en particular, el aumento de la sanción en estos casos, lo cual se considera plenamente justificado”, agregan para explicar su medida.
Rebajar la tasa máxima permitida de alcohol al volante
Esta y otras enmiendas se discutirán en el seno de la ponencia de trabajo y, posteriormente, se debatirá y votará en la Comisión del Interior del Congreso. La ley en la que se ha planteado este cambio, propuesta por el PSOE, se admitió a trámite a mediados de marzo.
Con el ánimo de mejorar la seguridad vial, el texto legislativo habla de rebajar la tasa máxima permitida de alcohol al volante: de 0,5 gramos por litro en sangre a 0,2 (0,1 miligramos por litro de aire aspirado). Por otro lado, plantea la prohibición de la difusión de información sobre controles policiales de alcohol y drogas, así como de cualquier otro establecido por razones de seguridad vial, claramente complementarias.
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