
La Audiencia Nacional ha reconocido el derecho del que fue presidente del F.C. Barcelona Sandro Rosell a ser indemnizado con 232.500 euros por los 645 días que pasó en prisión provisional entre mayo de 2017 y febrero de 2019. Rosell fue investigado por supuestos delitos de organización criminal y blanqueo de capitales relacionados con comisiones por partidos de la selección brasileña y contratos con la marca deportiva Nike. En abril de 2019 fue absuelto de todos los cargos.
El expresidente del club entre 2010 y 2014 reclamó al Estado una compensación de 29,7 millones de euros en concepto de daños morales y económicos, pero el Ministerio de Justicia denegó su solicitud. Rosell recurrió a los tribunales al amparo del artículo 294 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que regula la responsabilidad patrimonial de la Administración de Justicia. La Abogacía del Estado se opuso al recurso.
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La Sección Tercera de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha estimado parcialmente su reclamación y ha fijado la compensación en tres conceptos: 50.000 euros por daño moral, 120.000 euros por lucro cesante por la rescisión de un contrato con la consultora Ernst & Young (E&Y) y 62.500 euros por los gastos de desplazamiento de familiares al centro penitenciario. En su demanda, Rosell detallaba que solicitaba una indemnización que ascendía a casi 30 millones de euros. “El demandante es merecedor -en una estimación prudencial según los criterios habitualmente utilizados por este concepto indemnizatorio por el Tribunal Supremo de la cantidad de 50.000 euros”, dicta la sala.
En su demanda, Rosell alegó que mantenía un contrato de asesoramiento con E&Y desde el año 2008, y que ese contrato se rescindió mientras él estaba en prisión. Por ello, reclamaba una compensación económica de 300.000 euros, argumentando que había dejado de percibir esos ingresos a causa de la medida cautelar. Los jueces aceptan parcialmente la pérdida económica alegada por Rosell, pero limitan la cuantía al período en que el empresario estuvo en prisión provisional, 120.000 euros. La valoración pericial presentada por Rosell incluía una proyección temporal más amplia que no fue aceptada.
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De solicitar 30 millones a obtener poco más 230 mil
En su reclamación por daños y perjuicios, alegó que perdió un contrato millonario con Aspire Zone Foundation debido a su ingreso en prisión provisional. Según su demanda, esta rescisión de contrato le ocasionó solicitar 27.762.950 euros, que reclamó como parte de los casi 30 millones de euros solicitados al Estado. Pero los magistrados niegan la indemnización alegando que quien debe reclamar es la sociedad One of Ours (OOO), domiciliada en Hong Kong y titular formal del contrato. Aunque esta sociedad es propiedad de otra empresa de Rosell, la Sala considera que se trata de una persona jurídica distinta, con plena capacidad para ejercer sus derechos.
También se desestima la reclamación por gastos de defensa legal, argumentando que se trata de un asunto relacionado con las costas procesales y que no puede abordarse en el marco del artículo 294 de la LOPJ. La misma argumentación se emplea para rechazar los gastos financieros derivados de la defensa. Sí se aceptan los 62.500 euros por desplazamientos de familiares, cuya existencia quedó acreditada mediante pruebas documentales y periciales. La Sala determina que esta partida es compensable al tratarse de un perjuicio directo derivado del encarcelamiento preventivo.
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