
En 2024, se registraron en España 1.179.202 accidentes laborales, de los cuales 796 fueron mortales, según datos oficiales del Ministerio de Trabajo. Estas cifras reflejan no solo la magnitud del problema, sino también la importancia de conocer los derechos que asisten a los trabajadores en caso de sufrir un accidente en su puesto de trabajo.
Lo primero que hay que tener en cuenta es que se entiende por accidente laboral toda lesión corporal que un trabajador sufre con ocasión o por consecuencia directa del trabajo que realiza por cuenta ajena. Esto incluye daños físicos (como golpes o heridas), enfermedades derivadas del entorno laboral e incluso secuelas psíquicas o psicológicas. No obstante, no cualquier lesión se considera automáticamente accidente laboral. Debe existir una relación clara entre el trabajo desempeñado y el daño sufrido, es decir, una conexión causa-efecto.
Las personas que se encuentren en situación de incapacidad temporal por accidente laboral (es decir, de baja), pueden acceder a un subsidio diario destinado a cubrir la pérdida de ingresos durante el tiempo que el trabajador no puede desempeñar su actividad laboral. Esta ayuda tiene una duración máxima de 365 días, que puede prorrogarse 180 días más si se espera una curación durante ese tiempo. Además, pueden acceder a esta prestación todos los trabajadores incluidos en cualquier régimen de la Seguridad Social. Y en el caso de estos accidentes laborales o enfermedades profesionales, no se exige un periodo previo de cotización.
Cuánto se cobra de baja si tienes un accidente laboral
En caso de accidente laboral, la cuantía a percibir estando de baja es del 75% de la base reguladora del trabajador, y se empieza a cobrar desde el día siguiente al de la baja médica.
Y es que, a diferencia de otras causas de incapacidad temporal, como la enfermedad común, en esta no hay un periodo de espera ni reducción en el porcentaje al inicio.
Los ocurridos camino al trabajo también se consideran accidentes laborales
Un accidente in itinere es aquel que sufre una persona trabajadora durante el trayecto entre su domicilio y su lugar de trabajo, o al volver de este. Aunque se clasifica como accidente laboral, no todos los incidentes ocurridos en estos desplazamientos se consideran automáticamente como tal: deben cumplirse ciertos requisitos legales, definidos en gran parte por la jurisprudencia. Desde la asesoría jurídica online Legalion Abogados explican que, para que un accidente in itinere sea reconocido como laboral, suelen analizarse los siguientes elementos clave:
- Elemento cronológico: el accidente debe producirse dentro del tiempo razonable que normalmente se tarda en ir o volver del trabajo. No se admiten grandes desviaciones temporales.
- Elemento geográfico: debe ocurrir en el recorrido habitual entre casa y trabajo (salvo excepciones). Se permiten pequeños desvíos, siempre que no alteren de forma significativa el trayecto normal.
- Elemento del medio de transporte: el accidente debe suceder utilizando un medio de transporte habitual y apropiado para el desplazamiento. Si se utiliza otro medio diferente, habrá que valorar las circunstancias concretas del caso.
- Elemento finalista (teleológico): el desplazamiento debe estar directamente relacionado con el trabajo. No es necesario que la única finalidad sea trabajar, pero sí debe existir una motivación laboral clara, como acudir a una revisión médica de la empresa, cobrar una nómina o cumplir con una obligación profesional.
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Así lo han adelantado fuentes del Ministerio de Trabajo citadas por ‘ElDiario.es’, si bien aún deben ser confirmadas en el Consejo de Ministros de este viernes, atrasado tras negarse los diputados de Sumar a entrar a la reunión extraordinaria

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