
Con el aumento de las tensiones geopolíticas, especialmente desde hace tres años con el inicio de la invasión rusa a Ucrania en las fronteras de la Unión Europea, la palabra guerra es un término que cada vez está más presente en nuestro vocabulario habitual. Además, hace unos días, Bruselas instó a los ciudadanos europeos a tener un kit para 72 horas en caso de desastres naturales y guerras. Esta medida, que en principio es simplemente preventiva y busca aumentar la preparación y resiliencia de la población frente a emergencias inesperadas, ha generado muchas dudas entre los ciudadanos de los Estados miembros. Una de ellas, posiblemente la más sonada, es si los europeos tendríamos que ir a la guerra.
En el caso de la población española, para tener que ser llamados a filas primero el país tendría que verse envuelto en un conflicto bélico. Existen varias circunstancias que podrían llevar a España a involucrarse en una guerra, como por ejemplo un ataque armado contra uno de los miembros de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), alianza militar a la que pertenece España, y en la que todos los países que forman parte tienen obligación de defender a sus aliados en caso de ataque. Otros países que pertenecen a la OTAN son Francia o Estados Unidos.
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Nuestro país, a la hora de movilizar a su población en un escenario de guerra, tiene un sistema para hacer frente de forma eficiente a una emergencia de estas características. Aunque España cuenta con un Ejército profesional desde 2001, año en el que el gobierno de José María Aznar eliminó la mili, el servicio militar obligatorio, la legislación contempla procedimientos específicos para convocar a más personas en caso de que sea necesario reforzar sus fuerzas armadas.
El Ejército profesional y la estructura de reservas
España cuenta con unas Fuerzas Armadas compuestas por alrededor de 120.000 efectivos profesionales, quienes serían los primeros en responder en caso de que el país se viera envuelto en un conflicto bélico. Este Ejército forma la columna vertebral de la defensa nacional.
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Sin embargo, la legislación española también contempla un sistema de reservistas que podría activarse en circunstancias excepcionales. Según la Ley de la carrera militar de 2007, se defienden tres tipos de reservistas: los de especial disponibilidad, los voluntarios y los obligatorios. La activación de este sistema, en principio diseñado para situaciones de emergencia, sería la respuesta del Gobierno si las necesidades de la defensa nacional no pudieran ser atendidas por los efectivos profesionales.
En caso de conflicto, el proceso de incorporación comenzaría con los reservistas voluntarios y los de especial disponibilidad. Estos últimos son militares que, tras cumplir 45 años, dejaron las Fuerzas Armadas, y también civiles que se han ofrecido voluntariamente para ser parte de la reserva. En total, según ha recopilado el Diario As, existen alrededor de 8.000 personas en este grupo, que serían llamadas de inmediato para reforzar las filas del Ejército.
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Reclutamiento y preparación de los jóvenes
Si este número no fuera suficiente para cubrir las necesidades de defensa, el Gobierno debería solicitar la autorización del Congreso de los Diputados para activar a los reservistas obligatorios. Este grupo estaría compuesto por civiles, tanto hombres como mujeres, que no tienen ningún vínculo previo con las Fuerzas Armadas, pero que, según la ley, podrían ser llamados a filas si tienen entre 18 y 25 años.
El proceso de selección para los reservistas obligatorios comienza con el envío de una ficha que recoge datos básicos como la salud física, el estado médico y las preferencias sobre el tipo de unidad en la que se desea servir. Los jóvenes tendrían la opción de señalar si están dispuestos a formar parte de unidades de primera línea o si querrían otros destinos.
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Una vez cumplimentada la ficha, los reclutados pasarían por una serie de reconocimientos médicos y pruebas psicológicas y físicas, para evaluar su aptitud para el servicio militar. Tras superar estas pruebas, recibirían su uniforme y serían incorporados como soldados, bajo las leyes militares españolas, sujetándose a las estrictas normas disciplinarias y penales que rigen en las Fuerzas Armadas.
La objeción de conciencia: un derecho protegido
No obstante, aquellos jóvenes que no deseen presentar servicio militar tienen la posibilidad de acogerse a la objeción de conciencia, un derecho contemplado en el artículo 138 de la Ley de la carrera militar. Este artículo permite que aquellas personas que no quieran formar parte de las Fuerzas Armadas, ni en situaciones de conflicto ni en actividades que impliquen el uso de armas, puedan exponer sus razones y optar por no ser llamados.
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Otras razones por las que no serías llamado sería por temas de salud, ya que un médico es el último que va a decidir quién está capacitado para ir al frente y quién no. Por último, también se contempla la situación de que, si una persona es fundamental para mantener a su familia, se tendría que quedar aquí en España.
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