
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la pena de 5 años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Bizkaia a un hombre por administrar deslealmente el patrimonio de una mujer, nacida en 1939, y causarle un perjuicio económico de 539.042 euros.
El TSJ del País Vasco ha rechazado el recurso interpuesto por el acusado y ha ratificado la resolución dictada por la Sección Sexta de la citada Audiencia que además de la pena de cárcel le impuso 15 meses de multa con una cuota diaria de 10 euros y el pago de una indemnización a la perjudicada de 539.042 euros.
Un hombre con experiencia en el sector financiero
El condenado, un hombre sin antecedentes penales y con experiencia en el sector financiero, ofreció gestionar las cuentas bancarias y asuntos tributarios de una mujer nacida en 1939 con quien mantenía una relación de confianza desde 2008. A partir de 2018, la víctima le proporcionó acceso a sus cuentas bancarias, entregándole las claves de acceso a la banca digital a través de su teléfono móvil y firmando documentos que él le presentaba.
Aprovechando esta confianza, entre diciembre de 2019 y enero de 2022, el hombre realizó diversas disposiciones de dinero en perjuicio de la anciana, excediéndose de las facultades que le habían sido conferidas. Se acreditó que transfirió 262.400 euros y 61.680 euros desde la cuenta de la víctima hacia una cuenta conjunta suya y de su esposa en CaixaBank. También realizó transferencias mediante la aplicación Bizum desde el teléfono de la afectada al suyo propio por un total de 15.350 euros.
Además, utilizó fondos de la víctima para saldar una deuda personal con terceros. Se comprobó que transfirió 55.000 euros y 38.000 euros a dos personas diferentes y 5.000 euros a la empresa P S.L., en la que ambos eran socios. Asimismo, realizó un pago de 8.500 euros a otra persona, aunque su papel en los hechos no pudo ser esclarecido.
82.197 euros en venta de acciones
Otra operación clave en el caso fue la venta de acciones pertenecientes a la mujer sin su consentimiento, lo que generó una pérdida de 82.197 euros. También incumplió la gestión de sus declaraciones de la renta, lo que llevó a la víctima a enfrentar recargos tributarios por omisión.
En total, se acreditó un perjuicio patrimonial de 539.042 euros en contra de la víctima. Como consecuencia, el autor fue condenado por la Audiencia Provincial de Bizkaia a cinco años de prisión por apropiación indebida, además de una multa y la obligación de indemnizar a la víctima. Su esposa, fue declarada partícipe a título lucrativo, ya que parte del dinero sustraído fue ingresado en cuentas bancarias de su titularidad compartida con su marido, beneficiándose indirectamente del delito. Por ello, se estableció que respondiera solidariamente hasta 324.080 euros.
Ambos presentaron recursos de apelación contra la sentencia, argumentando errores en la valoración de la prueba y solicitando la absolución o, en su defecto, una reducción de la pena. También impugnaron la responsabilidad económica impuesta a su esposa, alegando que no tuvo conocimiento de las transacciones realizadas por su marido. Elevado el caso al TSJ del País Vasco, donde la Sala, tras analizar los hechos, ha confirmado la sentencia de instancia y la condena del autor del delito.
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