
El presidente de la Comunitat Valenciana, Carlos Mazón, ha afirmado este martes que ni él ni el Consell “se plantean por el momento” personarse en el juicio que investiga la gestión de la DANA en Valencia. La titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Catarroja encargada de la causa rechazó la petición de la Asociación de Damnificados Dana Horta Sud para citarle como testigo al mantener Mazón su condición de aforado. No obstante, la magistrada recordó que la declaración como investigado o querellado de Mazón “puede llevarse a cabo de forma voluntaria si por el aforado se solicitara”.
Preguntado por los medios acerca de su posible personación, Mazón ha vuelto a negarse a dar explicaciones y ha admitido que se enteró de dicha comunicación ”por los medios”. Sobre el demoledor auto que señala a la Generalitat como principal responsable de la gestión de la catástrofe ha explicado que “habrá que valorarlo”, si bien ha señalado que en cualquier caso “no son autos firmes”. “Estamos en el inicio de un procedimiento judicial. Mantenemos total respeto y total colaboración”, ha defendido.
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El juzgado de Catarroja sí ha imputado en la misma causa a la Consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, al no ser ya aforada tras su destitución el pasado 22 de noviembre. También está llamado a declarar el exsecretario autonómico, destituido en el mismo mes, Emilio Argüeso.
La Asociación de afectados por la Dana Horta Sud-Valencia pidió citar además al presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, así como a otros responsables autonómicos, pero la magistrada ha rechazado la petición.
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La jueza señala a la Generalitat
En la primera de las dos resoluciones emitidas este lunes, la instructora elevó a 225 el número de víctimas mortales (hasta ahora eran 224), junto a tres personas desaparecidas tras incorporar a las mismas a una mujer que padecía leucemia, requería transfusiones periódicas de sangre y asistencia respiratoria con oxígeno y, después de quedar sin esa asistencia, falleció en el Hospital La Fe el 12 de noviembre del pasado año.
La jueza reiteró en este auto que el aviso a la población por el sistema Es-Alert a las 20.11 horas del 29 de octubre “fue tardío y erróneo”. Aclaró que la DANA “no fue un fenómeno meteorológico imprevisto”, ya que su avance y desarrollo fue anunciado por la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) “hasta el punto de que la Universitat de València acordó la suspensión completa de sus actividades”, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia en un comunicado.
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Y con esto señaló directamente a la Generalitat. A juicio de la magistrada, esas previsiones “debieron llevar a una convocatoria en la mañana” de ese día del Centro de Coordinación Operativa Integrada (Cecopi), “al objeto cuanto menos de avisar a la población”.
La magistrada indicó que Pradas tuvo atribuida la máxima autoridad en “el proceso de adopción de medidas de autoprotección de la población”. Respecto a Argüeso, apuntó que es necesaria su declaración dada su “relevancia orgánica y por ende decisoria”.
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El auto desgrana la información oficial y detallada sobre la alerta meteorológica que ofreció durante toda la jornada la televisión autonómica À Punt, incluidas diversas conexiones en directo desde localidades afectadas como Chiva o Utiel, donde se daba cuenta minutos después de las 15.00 horas del desbordamiento del barranco del Gallo (que toma caudal abajo el nombre del Poyo) o del río Magro, respectivamente.
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