
Un día, debido a problemas de salud, te ves obligado a coger la baja médica por enfermedad y tienes que indicárselo a la empresa. Sin embargo, de manera imprevisible, te comunican que prescinden de ti. Es el caso de un trabajador francés, según cuenta Le Figaro. Este formaba parte de la empresa desde hacía 30 años y fue despedido de manera unilateral. Y, además, la indemnización que se le ofreció a este empleado fue calculada basándose en su salario de trabajo temporal.
El trabajador había estado durante la mayor parte de su trayectoria profesional dedicado a tiempo completo. Sin embargo, por motivos terapéuticos tuvo que realizar jornada parcial en el último periodo con la empresa. Esta problemática para calcular la indemnización fue la que llevó al francés a los tribunales, donde exigía una mayor cantidad de dinero por su despido.

¿Qué dice la Justicia sobre la indemnización?
Este trabajador interpuso un recurso de apelación por la indemnización que le ofreció la empresa, calculada con su salario a tiempo parcial. El Tribunal de Apelación rechazó su objeción e indicó que no se debía establecer la cuantía con el sueldo a tiempo completo, pese a que hubiese estado en esa situación anteriormente y contase con 30 años de antigüedad.
No obstante, otro parte de la justicia, el Tribunal de Casación, sentenció que “nadie puede ser objeto de una medida discriminatoria en materia de remuneración a causa de su estado de salud”. Este Tribunal también señaló que cuando una persona se encuentra en situación de baja por enfermedad en el momento del despido, se debe aplicar la fórmula más ventajosa para el empleado. Esta es “tener en cuenta los doce o trece meses anteriores a la jornada parcial por al trabajo terapéutico a tiempo parcial".
¿Cómo se calcula la indemnización?
El Consejo General del Poder Judicial de España cuenta con una página web en la que se puede conocer la indemnización que te pertenece por extinción del contrato de trabajo. Esta deberás introducir datos como fecha de inicio y finalización de tu contrato, así como el salario percibido. Esta herramienta te ofrecerá la cuantía de manera automática en función “de las causas de extinción y calificación tasadas por la ley y la vigente doctrina jurisprudencial que la interpreta”.

Esta institución judicial señala que “la indemnización por despido, extinción del contrato por voluntad del trabajador, por movilidad geográfica y por modificación sustancial de condiciones de trabajo, se calcula en función del número de meses trabajados”. Para entender mejor cómo se calcula el tiempo se pone un ejemplo. Si el empleado trabaja del 1 de enero al 2 de febrero, se computan dos meses “a efectos indemnizatorios”. En total, “el límite máximo de las indemnizaciones está fijado en mensualidades de salario”.
Es decir, pertenecen al empleado 9 meses por “modificación sustancial de condiciones de trabajo”; 12 meses por movilidad geográfica, despido colectivo u objetivo; y 24 o 42 meses en el caso de un despido improcedente. Siendo este último cuando la empresa, sin justificación, decide prescindir de la persona. Sin embargo, cabe tener en cuenta las diferentes variables que pueden surgir y que, en estos casos, es mejor acudir a un abogado laboralista.
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