
Después de unos días de sol y cubatas al borde de la piscina, un hombre de 47 años ha sido detenido por la policía de Kentucky, en Estados Unidos, al desembarcar de un crucero. Estaba en busca y captura por la justicia por haber eludido el pago de la pensión alimenticia de sus hijos, acumulando una deuda superior a 114.000 dólares (cerca de 110.000 euros).
Sus alegres vacaciones en el mar se interrumpieron bruscamente después de una década ignorando los requerimientos para que cumpliera con sus obligaciones de pago. Así, “los 10 años de fuga de Dominic W. terminaron de manera abrupta justo antes de Navidad, cuando desembarcaba del barco”, según informa el New York Post. Fue un grupo de detectives de la división de pensiones alimenticias de Kentucky el que logró localizarlo, como explica el medio especializado Lawandcrime. “No sé cuándo se fue, pero huyó de la jurisdicción, y desde su condena hasta hoy, no ha pagado un solo céntimo de pensión alimenticia”, ha declarado un funcionario del condado de Kentucky.
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En 2019, el hombre había sido condenado a cinco años de libertad condicional por incumplimiento de la asistencia familiar. Y no era la primera vez que se escapaba de estos pagos. Según el fiscal a cargo del caso, Mike O’Connell, el hombre es bien conocido en la división jurídica de pensiones alimenticias para niños. Su nombre aparece en cuatro casos de recuperación en curso debido a su falta de apoyo financiero a sus antiguas parejas y a sus hijos.
Además, desde 2021, el padre figura en otra lista del condado: la de los progenitores que deben grandes sumas de dinero por la manutención de sus hijos. Hace tres años, su deuda ascendía a casi 100.000 dólares (96.000 euros), según los registros del condado. El hombre fue puesto bajo custodia en el centro de detención de Louisville. Su audiencia está programada para el 6 de enero. Se enfrenta a una posible pena de hasta cuatro años de cárcel.
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Cuándo se convierte en delito el impago de la pensión de alimentos
La pensión alimenticia es un concepto mucho más amplio que solo la cobertura de la comida. Incluye una variedad de elementos indispensables para el sustento de quien la recibe, como alojamiento, ropa, asistencia médica y educación, incluso en aquellos casos en que el beneficiario haya superado la mayoría de edad, siempre y cuando continúe cursando estudios.
En España, la obligación de pasar la pensión de alimentos está contemplada en el Código Civil. Según el Artículo 143, cónyuges, ascendientes y descendientes están obligados a proporcionarse alimentos de manera recíproca. Esto implica que los padres siempre tienen la obligación de proveer alimentos a sus hijos. En divorcios contenciosos, el juez tiene la última palabra sobre todos los aspectos relacionados con la pensión alimenticia.
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El incumplimiento del pago durante dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos puede resultar en penas de prisión de tres meses a un año o multas de seis a 24 meses. Los intereses por los impagos de pensión de alimentos comienzan a devengarse desde la fecha de la sentencia.
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