Multas de hasta 2.000 euros por coger musgo, acebo o tejo: qué puedes llevarte del monte y qué no, según el Cuerpo de Agentes Forestales

Aunque estas especies se utilizan habitualmente para los adornos navideños, las autoridades recuerdan que están protegidas

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El castañar de Montánchez, en Cáceres (Adobe Stock).
Un bosque en España. (Adobe Stock)

Con la proximidad de la Navidad, muchos hogares, oficinas, tiendas y edificios públicos comienzan a llenarse de árboles, adornos y luces. En esta carrera entre la tradición y lo kitsch, hay un poco de todo: desde los que se limitan a colocar un simple detalle en las puertas de sus casas a las empresas que exponen en sus escaparates belenes barrocos con decenas de figuras. Pero en esta competición, hay límites que las autoridades están recordando estos días.

Uno de ellos es la prohibición de coger del monte varios materiales típicos en las decoraciones de estas fechas: musgo, acebo y tejo. “La recogida no autorizada podría conllevar sanciones que podrían alcanzar incluso los 2.000 euros”, señala el Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid. “Por ello, en caso de querer utilizar musgo natural para el belén, la recomendación es acudir a viveros o establecimientos autorizados para la venta de musgo de producción controlada. Sin embargo, sí está permitido recoger piñas, ramas, cortezas o pequeñas piedras, siempre que sea para uso particular y no para su comercialización; en este sentido, los agentes forestales recuerdan que esa autorización se refiere a terreno de uso público, como montes de utilidad pública o gestionados por la Comunidad de Madrid, vías pecuarias o caminos vecinales”, añade la policía medioambiental.

“Es importante —insisten— no remover el suelo para no perjudicar el ecosistema y, una vez que se ha obtenido lo que se necesita, dejar la zona limpia y sin residuos. Las personas que hayan optado por un abeto natural como elemento decorativo deben saber que una vez pasadas las fiestas deben llamar al servicio municipal correspondiente para su recogida. En ningún caso se pueden replantar esos abetos en el monte, puesto que se trata de una especie no autóctona y, además de que la ley prohíbe su plantación, podrían crear desequilibrios en el medio natural madrileño”. 

Especies protegidas

Por su lado, el musgo y el acebo, dos especies vegetales que desempeñan un papel crucial en la conservación de la biodiversidad, están protegidas por la Política Agraria Común (PAC) de la Unión Europea. Sin embargo, la recolección no autorizada de estas plantas puede resultar en multas, un hecho que ha generado controversia y críticas en redes sociales.

El musgo, una planta no vascular perteneciente a las briofitas, es notable por su capacidad de adaptación a ambientes hostiles. Esta planta actúa como una esponja natural, capaz de retener agua hasta 20 veces su tamaño, lo que beneficia a las plantas y especies circundantes. Además, el musgo proporciona refugio a pequeños organismos invertebrados y es una de las primeras plantas en crecer tras un incendio, ayudando a prevenir la erosión del suelo. También contribuye a la reducción del dióxido de carbono (CO2), un gas que impulsa el cambio climático, al utilizarlo en la fotosíntesis.

La terminación 29, una de las más buscadas para el Sorteo de la Lotería de Navidad.

Por otro lado, el acebo está incluido en el Listado de Especies en Régimen de Protección Especial. El dosel de hojas del acebo es vital para los ecosistemas, ya que mantiene condiciones de temperatura y humedad que sirven de refugio a numerosos animales durante el invierno.

Ante esta situación, la Guardia Civil sugiere alternativas para adquirir estas plantas, como comprarlas en floristerías o viveros, o bien optar por versiones artificiales de musgo y acebo. Estas medidas buscan proteger el medio ambiente y asegurar la conservación de estas especies.