
Si estás cobrando el paro en España y te han ofrecido un trabajo, es crucial que informes al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de tu nueva situación laboral. Aunque el SEPE tiene conexión directa con la base de datos de la Seguridad Social, que en ocasiones suspende automáticamente la prestación por desempleo, es obligatorio que seas tú quien comunique que has comenzado a trabajar. No hacerlo puede conllevar sanciones y la pérdida del derecho a recibir la prestación. A continuación, te explicamos cómo debes proceder según el tipo de contrato que te ofrezcan y los pasos a seguir para realizar la comunicación de forma correcta.
Si estás percibiendo una prestación por desempleo o un subsidio, lo primero que debes hacer es notificar tu colocación al SEPE. Este trámite es obligatorio, sin importar si el contrato es a jornada completa, parcial o incluso si te das de alta como autónomo. La situación específica dependerá del tipo de contrato:
- Trabajo a jornada parcial: En este caso, tienes dos opciones:
- Compatibilizar el paro con el empleo a jornada parcial. En este escenario, seguirás cobrando una parte de tu prestación, que se reducirá de manera proporcional a las horas que trabajes. Por ejemplo, si trabajas al 50% de una jornada completa, se reducirá a la mitad el monto que recibes por la prestación.
- Suspender temporalmente el paro. Si decides suspender la prestación, cuando finalice tu contrato podrás reanudar el cobro del paro, manteniendo el importe y los días que te quedaban antes de empezar a trabajar. Además, si con las nuevas cotizaciones logras acumular al menos 360 días, tendrás derecho a elegir entre reactivar la prestación que suspendiste o cobrar una nueva prestación generada con las cotizaciones recientes. Este es el conocido derecho de opción.
- Trabajo a jornada completa: Si consigues un empleo a jornada completa, el SEPE suspenderá automáticamente el pago de tu prestación, ya sea contributiva o subsidio. No es posible cobrar el paro al mismo tiempo que se trabaja a jornada completa.
- Si el nuevo contrato no alcanza los 360 días cotizados, una vez que finalice podrás reactivar tu prestación anterior, sin perder días ni cuantías.
- Si con el nuevo contrato acumulas 360 días o más, podrás ejercer el derecho de opción, que te permitirá elegir entre reanudar el paro que tenías suspendido o generar una nueva prestación con las nuevas cotizaciones.
- Trabajo como autónomo: Si decides darte de alta como trabajador por cuenta propia, también debes informar al SEPE. En este caso, si estás cobrando una prestación contributiva, puedes optar por compatibilizar el cobro del paro con el trabajo autónomo durante un máximo de 270 días (unos 9 meses) o el tiempo que te quedara de prestación. Es importante que solicites esta compatibilidad en un plazo de 15 días desde que comiences tu actividad como autónomo.
¿Cómo avisar al SEPE de que voy a empezar a trabajar?
Una vez que hayas aceptado un nuevo contrato de trabajo, ya sea por cuenta ajena o como autónomo, es esencial comunicarlo al SEPE de manera adecuada. Existen varias formas de hacerlo, tanto de manera presencial como online:
- Comunicación online
La forma más rápida y cómoda de avisar al SEPE de que empiezas a trabajar es hacerlo a través de su sede electrónica. Para ello, necesitarás un certificado digital, DNI electrónico o acceso con usuario y contraseña mediante la plataforma Cl@ve. En la web del SEPE, encontrarás un apartado específico para comunicar la baja de la prestación debido a una colocación. Aunque se utilice el término “baja”, este trámite es el correcto para informar de la interrupción temporal del cobro del paro.
Si no tienes identificación digital, puedes utilizar el formulario de pre-solicitud disponible en la web del SEPE. Selecciona la opción “Baja de la prestación”, y un gestor del SEPE se encargará de tramitar tu solicitud o contactarte si es necesario.
- Comunicación presencial
Si prefieres realizar el trámite en persona, deberás solicitar una cita previa en la oficina de empleo más cercana. Al acudir a la cita, deberás llevar un impreso que puedes descargar desde la web del SEPE o solicitarlo directamente en la oficina. En este formulario, deberás marcar la opción que corresponda a tu situación:
- Contratación a tiempo completo.
- Contratación a tiempo parcial.
- Alta como autónomo.
Es importante tener en cuenta que las citas presenciales suelen tardar varios días en ser asignadas, por lo que la opción online es mucho más ágil.
¿Cómo reactivar el cobro del paro cuando termine mi contrato?
Cuando finalices el contrato y ya no estés trabajando, podrás reactivar tu prestación siempre que lo notifiques al SEPE en un plazo de 15 días hábiles (no cuentan fines de semana ni festivos). La reactivación puede solicitarse a través de la sede electrónica del SEPE, con los mismos requisitos que para la notificación de colocación. También es posible utilizar el formulario de pre-solicitud y seleccionar la opción “Reactivación de prestación”.
Recuerda que si has acumulado nuevas cotizaciones que te dan derecho a una prestación diferente, podrás elegir entre la prestación suspendida y la nueva, dependiendo de lo que más te convenga.
En resumen, avisar al SEPE cuando empieces a trabajar es un trámite obligatorio que te permitirá mantener el control sobre tus derechos a la prestación por desempleo. Ya sea a través de Internet o de manera presencial, es fundamental que informes al SEPE para evitar sanciones y, además, garantizar que podrás reactivar tu prestación cuando finalice tu contrato.
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