
El Juzgado de Primera Instancia número 7 de Málaga ha condenado a la aseguradora Asisa a indemnizar con 13.000 euros a una paciente de 50 años por una negligencia médica en una operación de rodilla.
La mujer, que ya había sido operada de la rodilla derecha 20 años atrás, acudió en 2015 al servicio de Urgencias del hospital malagueño El Ángel por los dolores que tenía en esa misma zona y, tras una resonancia, se le diagnosticó una lesión del ligamento cruzado anterior, lo que posteriormente le provocó varios derrames. Dos años más tarde, en 2017, fue intervenida quirúrgicamente en la rodilla mediante artroscopia, sin necesidad de abrir la articulación. Sin embargo, en otra resonancia magnética que se le realizó meses más tarde, le detectaron “rotura radial del cuerno posterior-cuerpo del menisco interno”.
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La paciente, que es policía nacional, al no estar satisfecha con la asistencia médica que estaba recibiendo por la aseguradora médica Muface debido a las demoras y a los problemas que estaba sufriendo, decidió pedir una segunda opinión a otro profesional médico y así le confirmaron que padecía una “sinovitis severa”, es decir, una inflamación de la membrana sinovial que recubre las articulaciones.
Este nuevo doctor propuso una intervención para visualizar la articulación con una cámara y, al operar a la paciente, aparecieron restos de un material sintético que se utilizaba años atrás para reemplazar tejidos y que “deberían haber sido eliminados”, según denuncia la Asociación El Defensor del Paciente. La paciente fue remitida nuevamente a rehabilitación, pero todo ello ha repercutido en su trabajo como policía nacional, pues ya no puede desarrollar actividades físicas.
“La demora asistencial y los errores en las intervenciones le han generado problemas. De hecho, al no poder realizar servicios fuera, han tenido que adaptar su puesto de trabajo, de forma que ahora es puramente administrativo”, dice a Infobae España el letrado Damián Vázquez, abogado especialista en derecho sanitario y colaborador de la Asociación del Defensor del Paciente.

“Defectuoso consentimiento informado”
La sentencia estima los argumentos de Vázquez, que desestima la falta de legitimación pasiva de la aseguradora médica al considerar que “existió un defectuoso consentimiento informado”. El abogado asegura que “no se explicaron todos los riesgos y complicaciones” a la paciente y que, además, le dieron a firmar el documento cuando se encontraba ya en la camilla del quirófano, “sin darle tiempo a leerlo con calma ni informarla adecuadamente”. También se condena a la aseguradora médica por la demora que ha existido en el tratamiento médico definitivo.
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En cuanto a la indemnización a conceder, se reconoce la cantidad de 12.985 euros, por los días que estuvo impedida, más secuelas como agravación de artrosis previa de rodilla y todos los gastos de rehabilitación.
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