Cuenta atrás para las oposiciones de maestros en Andalucía: fecha y requisitos del examen

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha recibido más de 59.300 solicitudes para las 2.826 plazas de estabilización que se ofertan

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Foto de archivo de los exámenes de las oposiciones para la estabilización del SAS. (Junta de Andalucía)
Foto de archivo de los exámenes de las oposiciones para la estabilización del SAS. (Junta de Andalucía)

El 15 de junio se iniciarán en Andalucía las oposiciones para integrar los cuerpos docentes de Maestros, Enseñanza Secundaria, Régimen Especial y Formación Profesional. Por primera vez, las pruebas para los cuerpos de Maestros y de Secundaria se realizarán conjuntamente, en un proceso que culmina la estabilización del personal docente interino en la región.

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional ha recibido más de 59.300 solicitudes para estas oposiciones, que ofrecen un total de 2.826 plazas de estabilización. Desglosadas, 2.030 plazas corresponden al Cuerpo de Maestros, 660 al de Profesores de Enseñanza Secundaria, 95 al de Profesores de Música y Artes Escénicas, 33 al de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, 4 al de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y otras 4 al de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño. Estas plazas derivan de cuatro decretos de oferta de empleo público.

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Cómo serán las pruebas

El proceso comenzará el 15 de junio con la presentación de los candidatos ante el tribunal asignado. Durante este acto, los aspirantes recibirán información sobre el desarrollo del procedimiento selectivo. Entre el 20 de marzo y el 4 de abril, los participantes debieron presentar de manera telemática la unidad didáctica y los méritos correspondientes a la fase de concurso, evitando desplazamientos innecesarios y aliviando la carga administrativa de los tribunales encargados.

El proceso incluye medidas de igualdad, como se implementó por primera vez en las oposiciones del año pasado. Por ejemplo, se permitirá a las madres lactantes recuperar hasta 30 minutos destinados a la lactancia durante la prueba. También se podrán ajustar las fechas de los exámenes para mujeres que estén de parto o en fechas inmediatamente posteriores, garantizando el rigor y objetividad del proceso y los derechos de los demás participantes.

El concurso-oposición constará de una fase de oposición, otra de concurso y una fase de prácticas. La fase de oposición comenzará con una presentación el 15 de junio, y el 22 de junio se desarrollará la parte A de la prueba, que consistirá en el desarrollo escrito de un tema elegido por el aspirante entre varios extraídos al azar. Esta parte evaluará los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que se opta y no será eliminatoria.

La parte B de la prueba se centrará en la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas necesarias para la docencia. Consistirá en la exposición oral de una unidad didáctica. En las especialidades específicas de formación profesional se añadirá un ejercicio de carácter práctico.

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En la fase de concurso, que se valorará con un máximo de 10 puntos, se evaluarán méritos como la experiencia docente previa y la formación académica. La puntuación global del concurso-oposición será el resultado de la ponderación de las fases de oposición y concurso, con una distribución del 60% y 40% respectivamente.

La fase de prácticas tendrá una duración de un trimestre en esta convocatoria, en cumplimiento del mandato de la Ley 20/21 del 28 de diciembre. Este período se desarrollará entre septiembre y diciembre de 2024.

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Requisitos para presentarse a las oposiciones a maestro

Para ser admitidos a la realización del procedimiento selectivo los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o ser el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la UE.
  • Tener cumplidos 18 años.
  • No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y especialidad a que se opta.
  • No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
  • No ser funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento como funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros, salvo que se concurra al procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades.
  • Estar en posesión del título de Maestro/a o el título de Grado correspondiente (Grado de Maestro de Educación Primaria o Grado de Maestro de Educación Infantil).
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