
Un policía nacional destinado en Santiago de Compostela ha ganado una batalla judicial de cuatro años a la Dirección General de la Policía. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha obligado a la Administración a pagar al agente la ropa de paisano que ha utilizado para desempeñar su trabajo desde el mes de octubre de 2019.
En una sentencia a la que ha tenido acceso Infobae España, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG concluye que el funcionario tiene “derecho a percibir la indemnización por vestuario desde el 17 de octubre hasta la actualidad, y en el futuro mientras siga prestando sus servicios habituales con ropa de paisano”.
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El demandante está destinado en la actualidad en la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de la Jefatura Superior de Policía de Galicia. Es habitual que los agentes que desempeñan labores de investigación, como los grupos de Policía Judicial, o tareas administrativas desempeñen sus labores con ropa de paisano y no con el uniforme oficial de la Policía Nacional.
Al igual que en otras sentencias de la misma Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSXG, el tribunal entiende que existe un trato discriminatorio entre los agentes que visten ropa de paisano y los que prestan servicio con uniforme, ya que la Dirección General de la Policía solo costea y repone a estos últimos la vestimenta con la que ejercen sus funciones en el Cuerpo.
La sentencia no determina la cantidad económica exacta que la Administración tendrá que abonar al demandante, pero solicita a la Dirección General de la Policía que recabe los datos necesarios para fijar la cantidad a recibir por el agente.
Según el sindicato Jupol, cuyos servicios jurídicos han representado al demandante en el procedimiento, la Administración debería indemnizar al funcionario, “al menos”, con “146 euros al año”, la cantidad estipulada en vestuario para los agentes que actúan como escoltas.
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La Policía pagará las costas procesales
El fallo también impone a la Dirección General de la Policía el pago de las costas procesales y fija en 1.500 euros la cantidad máxima a percibir por el demandante en concepto de honorarios de letrado de su defensa, ejercida por el abogado Eduardo Fernández, de Casfer Abogados.
Desde Jupol señalan que “esta sentencia judicial demuestra nuevamente la dejadez de la Dirección General de la Policía en relación a los derechos reconocidos para sus agentes, los cuales vienen denegando de manera reiterada y es la Justicia la que tiene que obligar a la Administración a cumplir con sus obligaciones”.
“Esta situación”, apuntan desde el sindicato, “supone una merma en las condiciones sociolaborales de los agentes y un cargo económico para la Administración que tiene que asumir las indemnizaciones con intereses y con las costas judiciales pertinentes”.
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